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La Junta desestima el recurso de Gaesco contra obras «urgentes» en los colegios
14:11:52 - 02/07/2008VMT -La asociación empresarial de promotores y constructores de obras tiene la opción ahora de recurrir ante los tribunales
La Consejería de Educación ha desestimado el recurso de reposición interpuesto por la asociación de empresarios de la construcción (Gaesco) contra la adjudicación de obras en colegios e institutos por el procedimiento de urgencia en base a la necesidad de estas obras.
Los empresarios denunciaron que la Junta había adoptado este procedimiento,que reduce a 13 días el plazo para presentar ofertas, en 42 colegios e institutos de Andalucía, y decidieron recurrir 39 concursos —cinco de ellos de colegios en la provincia de Sevilla— por la vía administrativa y tres —todos en nuestra provincia— por la vía contenciosa.
Pues bien, el Ente Público de Infraestructuras y Servicios Educativos de la Consejería de Educación resolvió el pasado 25 de junio no estimar el recurso interpuesto por Gaesco contra el procedimiento de adjudicación de las obras en los cinco centros educativos de Sevilla, sitos en La Puebla del Río, Gerena, Pedrera, El Viso del Alcor y en Sevilla capital. En los fundamentos de esta decisión la Junta señala que la Ley de Contratos de la Administración Pública permite la tramitación urgente para aquellos contratos «cuya necesidad sea inaplazable o cuya adjudicación sea preciso acelerar por razones de interés público», razones que en este caso se basan en la proximidad del inicio del curso.
La Junta rechaza las apreciaciones de oportunidad sobre la declaración de urgencia que hace Gaesco, apreciaciones que, señala, «sólo competen al órgano de contratación». En el mismo sentido, y respecto a la tipología de contratos que Gaesco no considera la adecuada, se insiste en que éstos son correctos puesto que las obras presentan singularidades —movimiento de tierras, instalaciones de saneamiento, cimentaciones especiales, estructuras metálicas, reparación de cubiertas y pinturas— que hace que no sean «normales o generales a las de su clase y sí, en cambio, asimilables a tipos de obra correspondientes a estos subgrupos diferentes del principal».
Por todo, la Consejería desestima el recurso interpuesto por Gaesco. La asociación empresarial de promotores y constructores de obras tiene la opción ahora de recurrir ante los tribunales dicha decisión a través de la vía contenciosa administrativa como ya ha hecho con las obras del colegio Gloria Fuertes, en Dos Hermanas, y del Juan Sebastián Elcano, en Sevilla, y de la escuela de educación infantil María del Carmen Gutiérrez, en Sevilla.
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