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Policías locales desobedecen al jefe y notifican las multas con la sanción

08:52:02 - 04/05/2008VMT -Sigue sin poderse especificar en las multas la sanción dado que aún no se ha resuelto en los tribunales el contencioso

A pesar de que el Jefe de la Policía Local de Sevilla, José Aulet, ordenó a sus efectivos por una circular el pasado mes de marzo que se abstuvieran de especificar en las multas la cuantía de la sanción por los problemas surgidos con el Ayuntamiento por mor del codificado o baremación, algunos agentes están notificando las denuncias a los ciudadanos y dándoselas en mano con el importe que han de abonar.

"Iba de urgencias"

Una de estas multas que le pusieron a un sevillano el pasado día 30 por importe de 150 euros y que tuvo como consecuencia la retirada de su vehículo por la grúa con lo que el ciudadano tuvo que abonar 128,09 euros para poder recuperar su vehículo del depósito municipal.

El afectado no ha ocultado su indignación máxime cuando la baremación está recurrida en los tribunales y su coche, además no estorbaba a nadie aunque tuvo que aparcarlo indebidamente porque iba de urgencias a un centro sanitario el pasado miércoles día 30 por la mañana.

También relata que todos los coches que estaban en el depósito municipal, o al menos, una gran proporción, habían sido retirados de la puerta de la Clínica Santa Isabel y de los hospitales Virgen del Rocío y Virgen Macarena.

"Para colmo -dice- después del día que pasé y después de pagar la retirada de mi coche del depósito de la grúa veo que le han hecho arañazos y eso voy a recurrirlo porque no hay derecho".

Fuentes municipales han confirmado que sigue sin poderse especificar en las multas la sanción dado que aún no se ha resuelto en los tribunales el contencioso por el que la Policía Local recurrió el codificado ni los efectivo policiales han recibido nueva orden. Insisten en que estás multas que se están notificando con defecto de forma podrían no tener validez.

¿Y la bonificación?

Por otra parte, y en relación a la defensa que hace el Ayuntamiento de la validez de las denuncias acogiéndose al artículo 75 de la Ley de Tráfico (RDL 339/1990, de 2 de marzo) -en él se establece como requisitos de las multas, la identificación del vehículo, la identidad del denunciado, descripción del hecho, lugar, fecha, hora, nombre, profesión y domicilio del denunciante- las mismas fuentes señalan que se ha olvidado de citar el artículo 12 del reglamento de procedimiento sancionador que dice, entre otras cosas: "el abono del importe de la multa indicado en la notificación de la denuncia, tanto si es señalado por el agente en el acto de la denuncia como en la notificación enviada posteriormente por el instructor...".

Además, destacan que viene claro como el agua en la misma multa que el pago en el momento de la notificación conlleva una bonificación o reducción del importe del 30 por ciento, algo de lo que se ve privado el sancionado si no conoce la cuantía que habrá de abonar.

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