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El juez Rafael Tirado se enfrenta a falta muy grave por "desatender" sus funciones

11:34:07 - 05/04/2008VMT -Inspección considera que hubo "desatención", pero no dará lugar a expediente disciplinario, ya que ésta falta tiene un tiempo de prescripción de dos años

El Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) propuso ayer la apertura de un expediente disciplinario al titular del Juzgado de lo Penal número uno de Sevilla, Rafael Tirado por una falta muy grave de "desatención" de sus funciones al no "controlar" la ejecución -tardó dos años y dos meses- de la sentencia condenatoria dictó contra Santiago del Valle, supuesto asesino de Mari Luz Cortés. Además, Inspección minimiza en su informe la tesis mantenida por Tirado que condicionaba su actuación a la sobrecarga de trabajo y a la escasez de funcionarios, esto último competencia de la Junta de Andalucía.

En concreto, recoge el texto: "la ausencia de dación de cuenta por la secretaria judicial del estado de la tramitación de la ejecutoria (...) no exonera de la obligación profesional del juzgador del deber de supervisión y control de estado de la ejecución de la sentencia". A la espera de que la decisión que adopte el lunes la Comisión disciplinaria del órgano de gobierno de los jueces, convocada al efecto con urgencia, la sanción por desatención que recaería en Tirado podría ir desde su suspensión por unos meses, pasando por su traslado forzoso, hasta la expulsión de la carrera judicial.

Todo apunta, según fuentes del Consejo, a que el titular del Juzgado de lo Penal número uno de Sevilla recibirá, con criterio unánime, una "respuesta contundente", ya que, al margen de tratarse de un caso de gran relenvancia en la opinión pública, afecta a una cuestión de especial sensibilidad como los delitos de abusos de menores. Con el añadido de que se trataba de una causa con preso. Por otro lado, en la investigación abierta a Francisco Javier González, magistrado ponente de la sentencia de la Audiencia de Sevilla que confirmó la condena de Del Valle, Inspección subraya que actuó con una "pasividad alarmante (dos años y siete meses), en un momento procesal de extraordinaria importancia como es el dictado" de la resolución.

Y añade: "No consta motivo o razón alguna que haya podido impedir o dificultar a los magistrados resolver el recurso" en un plazo adecuado, "máxime cuando el resto de casos se dictaban con poco más de un mes de demora". Así, Inspección considera que hubo "desatención", pero no dará lugar a expediente disciplinario, ya que ésta falta tiene un tiempo de prescripción de dos años. Éste que se debe empezar a contar cuando se dictó la sentencia (30 de diciembre de 2005), ya ha concluido. Para el Juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla y los de dos asturianos también inspeccionados, se pide el archivo de las investigaciones.

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