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Los pleitos con el Ayuntamiento para obtener la declaración de ruina se disparan

13:50:31 - 05/11/2007Vocento VMT -La nueva normativa es mucho más restrictiva a la hora de posibilitar el desalojo y demolición de un inmueble

Cada vez más los expedientes de ruina terminan en los tribunales. Las nuevas normativas para declarar un edificio en ruina, lo que da vía libre a sus propietarios para su desalojo y demolición, son mucho más restrictivas que hace unos años porque buscan la rehabilitación del inmueble antes que su desaparición. Esto ha hecho que las declaraciones de ruina hayan disminuido en un 70 por ciento en los últimos años. En 2006 apenas se autorizaron una decena, según indican desde la Sección de Edificación de la Gerencia Municipal de Urbanismo, por lo que muchos solicitantes de la ruina han optado por recurrir a la Justicia para hacer valer sus posturas.

Esto implica que los edificios en mal estado tienen que esperar más tiempo hasta que se toma una decisión sobre su futuro, ya que este tipo de pleitos suele durar tres o cuatro años.

Mientras, el Ayuntamiento puede dictar órdenes de ejecución de reparaciones, pero los dueños de los inmuebles suelen evitarlas por no considerarlas rentables o no tener medios económicos para sufragarlas. En ese caso, Urbanismo puede efectuar las obras de forma subsidiaria y cobrarlas posteriormente a la propiedad en forma de multas que se acumulan.

Pese a la esperanza que ponen muchos propietarios en la resolución judicial para obtener la declaración de ruina, lo cierto es que las estadísticas de Urbanismo indican que estas sentencias únicamente les dan la razón en un 18 por ciento de los casos. El resto no logran la autorización de la ruina.

Según los datos del Consistorio, casi un centenar de casos están pendientes actualmente del fallo de los tribunales. Se trata de expedientes de ruina en trámite que, en la mayoría de los casos, se inician a petición de los dueños del edificio o de sus inquilinos. En otras ocasiones también puede abrirlos de oficio Urbanismo, que únicamente tiene un inspector para este tipo de procedimientos, que se localizan fundamentalmente en el Centro Histórico de la ciudad.

La normativa andaluza vigente, plasmada recientemente en una nueva ordenanza municipal, ha simplificado los casos de ruina en una única tipología que se resume en que un edificio puede declararse en ruina cuando el valor de las reparaciones que necesita supera el 50 por ciento de lo que costaría construirlo de nuevo. Además, están los casos de ruina inminente.

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