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Los inversores que compraron acciones serán los últimos acreedores en cobrar

13:53:46 - 15/02/2008VMT -La Ley da prioridad en el pago a los acreedores privilegiados: trabajadores, Hacienda, Seguridad Social, sentencias firmes anteriores a los hechos y créditos con garantía real
José Salas, presidente de Contsa Corporación Empresarial, la empresa que ha pedido la suspensión de pagos por falta de liquidez, ha reconocido que el 40% de las 1.200 personas físicas o jurídicas que le cedieron 25 millones de euros tienen al menos una acción de la compañía y, por lo tanto, son socios de la misma.
Fuentes jurídicas consultadas señalaron que al convertirse en accionistas, esos inversionistas perdieron derechos en un hipotético concurso de acreedores o en una supuesta declaración de quiebra, ya que la Ley da prioridad en el pago a los acreedores privilegiados (trabajadores, Hacienda, Seguridad Social, las sentencias judiciales firmes anteriores a los hechos y créditos con garantía real, como es una hipoteca o leasing) y los acreedores ordinarios, ligados a la actividad de la sociedad, como son los proveedores. En caso de suspensión de pagos (hoy concurso) o quiebra, los últimos en cobrar serían los titulares de créditos subordinados: préstamos participativos y los accionistas que prestaron dinero a la empresa.
Así pues, quienes suscribieron préstamos participativos y no compraron acciones -el 60% de los 1.200 inversores de Contsa- están por delante de los accionistas que prestaron dinero a Contsa, añadieron expertos en Derecho Mercantil consultados por ABC. El ser titular de un préstamo participativo da derecho a recibir intereses de la compañía si ésta tiene beneficios. Si reciben dinero a cuenta de beneficios futuros que no se producen, tendrán que devolver esas cantidades o se convertirán en deudores.
Por contra, 480 de los 1.200 inversionistas de Contsa Corporación Empresarial compraron al menos una acción, convirtiéndose en socios. Al adquirir una vinculación especial con la compañía, esos inversionistas pasaron a ser los últimos con derecho a cobrar en caso de concurso voluntario de acreedores o quiebra.
Uno de los inversionistas afectados por la falta de liquidez de Contsa Corporación Industrial declaró ayer que José Salas, presidente de la compañía, hizo una «jugada magistral» al ofrecerles convertirlos en accionistas meses antes de que la empresa pidiera la suspensión de pagos. «Al convertirnos en accionistas -indicó- perdíamos derecho frente a otros acreedores en caso de que se convoque un concurso de acreedores o se liquiden los activos de la compañía por quiebra». Además, el contrato de compraventa de las acciones de Contsa estipula que el socio no puede vender su participación a nadie que no sea la propia compañía. «Si Contsa Corporación Empresarial no puede pagarme los intereses del dinero que le presté, ni devolverme el principal, cómo va a poder comprarme las acciones que me vendió», cuestionaron las mismas fuentes.
La Ley Concursal 22/2003 prevé la posibilidad de que una empresa solicite en los tribunales un concurso voluntario de acreedores en caso de falta de liquidez, como es el caso. Si no se aprueba el convenio de acreedores, la compañía puede declararse en quiebra si su activo es inferior al pasivo. No obstante, José Salas, presidente de Contsa, asegura que la compañía podrá afrontar los pagos si vende activos, ya que -declaró- la empresa tiene activos valorados en 80 millones de euros, 30 más que el pasivo.
La Ley permite que el convenio de acreedores pueda ser bastante flexible, es decir, que acuerden con la empresa desde la suspensión temporal de pagos -nunca superior a cinco años- a una quita o condonación de la deuda -que no puede superar el 50% de ésta-. La suspensión de pagos podría durar meses, lo que ha sembrado el pánico entre inversionistas que pidieron créditos hipotecando sus bienes para meterlo en Contsa con la promesa de intereses de hasta el 20%.
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