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Los contribuyentes de Jaén mueven su dinero para que Hacienda les devuelva

14:45:06 - 19/12/2007Vocento VMT -Muchos ciudadanos cuadran sus cuentas a final de año para que el IRPF de 2008 no les dé un susto

En estos tiempos en los que la palabra "ahorro" ha desaparecido del vocabulario de las cerca de 135.000 familias de Jaén que pasan algún tipo de problema para llegar a final de mes, la posibilidad de "jugar con el dinero" para que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) salga ventajoso el año que viene suena como algo bastante remoto.

En cualquier caso, sí son muchos los jienenses que esperan hasta las últimas semanas para hacer las aportaciones necesarias a sus productos financieros y que de esta forma la declaración les salga a devolver allá por mayo. Este año el asunto cobra un interés especial, ya que a principios de 2007 entró en vigor la reforma fiscal, que modifica sensiblemente algunos de los parámetros que se utilizaban para el cálculo. Éstas son las principales novedades.

PLANES DE PENSIONES

Límite máximo entre 10.000 y 12.500 euros Reduce la base imponible

Los planes de pensiones siguen siendo uno de los productos financieros que más beneficio reporta al contribuyente. Y es que las aportaciones realizadas disminuyen la base imponible del IRPF, por lo que se restan a los ingresos. Esto significa que se reduce la cantidad de impuestos que se deben pagar o, en su defecto, incrementan la devolución que tiene que efectuar Hacienda. En cualquier caso, y esto es importante, se establecen límites respecto a las cantidades que se pueden entregar.

¿Cuáles son? La reforma fiscal que entró en vigor el 1 de enero de 2007, aunque los efectos prácticos no se observarán hasta que se haga la declaración (en mayo), aumentó los topes que pueden realizar los ahorradores de menos de 56 años. Hasta 2006, no se podían rebasar los 8.000 euros, aunque sí se estipulaba un incremento por cada año adicional a partir de los 53, hasta un máximo de 24.250 euros. Ahora se puede llegar a los 10.000 euros hasta los 50 años, una cifra se sitúa en 12.500 euros a partir de esa edad.

Otra de las novedades es que los partícipes mayores de 65 años puedan hacer imposiciones hasta 12.500 euros anuales para su jubilación o para sufragar la dependencia, siempre que no se haya iniciado el cobro de la prestación. Hasta 2006, los mayores tan sólo podían aportar a favor de sus herederos, nunca para disfrute personal.

En cualquier caso, los 10.000 euros no podrán sobrepasar el 30 por ciento de los rendimientos del trabajo y de las actividades económicas. Para los mayores de 50 años el importe de 12.500 euros no será superior al 50 por ciento.

CUENTAS VIVIENDA

Aportación máxima 9.015 euros Deducción del 15 por ciento

Es el producto más interesante para los jóvenes que tienen nómina. El objetivo es acumular el dinero que luego se destinará a la compra de la primera vivienda, que además debe ser también la habitual. Vale cualquier cuenta o depósito, siempre que se exprese a la entidad financiera y se comunique a la Agencia Tributaria.

Su principal atractivo es, sin lugar a dudas, que permite unas deducciones del 15 por ciento hasta un límite de 9.015 euros anuales, un aspecto importante si tenemos en cuenta que estamos hablando de que, normalmente, estos contribuyentes no tienen ningún otro tipo de carga que les pueda aliviar el IRPF. Uno de los factores más importantes es que el titular de la cuenta debe adquirir el inmueble en un plazo máximo de cuatro años si no quiere sufrir una dura penalización transcurrido este período.

HIPOTECA

Aportación de hasta 9.015 euros Rebaja máxima, 1.352 euros

La hipoteca es un instrumento financiero útil para obtener ventajas fiscales en la vivienda habitual (no vale para las segundas). Al igual que los planes de pensiones, las cuotas se reducen directamente de la base imposible. Cada contribuyente puede reducir el 15 por ciento de un máximo de 9.015 euros, o sea 1.352 euros. La reforma del IRPF sí ha disminuido las deducciones al desaparecer los porcentajes vigentes hasta ahora en los dos primeros años.

Así, los ciudadanos que paguen letras mensuales superiores a los 751 euros tendrán cubierto el tope de 9.015 euros. Si el crédito se está pagando entre dos personas y no se alcanzan los referidos 751 euros, cabe la posibilidad de amortizar el capital de forma anticipada para conseguir una mayor desgravación.

PRODUCTOS DE AHORRO: PLUSVALÍAS Y MINUSVALÍAS

Dividendos, seguros de ahorro vida, planes individuales de ahorro sistemático, fondos y depósitos

La tributación del ahorro ha cambiado desde el 1 de enero de 2007. A partir de esa fecha existe un único tipo para todas las rentas derivadas de productos financieros (seguros, fondos de inversión, dividendos, etc.) así como para las plusvalías: el 18 por ciento.

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