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El Gobierno obligará a que los nuevos pisos tengan mejor aislamiento acústico

21:04:53 - 20/10/2007Vocento VMT -Estas exigencias aumentarán el precio de la vivienda entre un 0,33 por ciento y un 0,75 por ciento

Todos los edificios que se construyan a partir de un año deberán cumplir unas exigencias de aislamiento acústico para eliminar las molestias por ruidos generados tanto en el exterior como en el interior de los mismos, según lo dispuesto en el documento básico de Protección frente al Ruido, aprobado ayer por el Gobierno mediante Real Decreto.

Este documento, que completa el Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado en marzo de 2006, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, momento a partir del cual se abrirá un plazo de doce meses de aplicación voluntaria, durante el que los constructores podrán aplicar la normativa actualmente vigente (Norma Básica de la Edificación NBE CA-88) con el objeto lograr una mejor adaptación. Una vez vencido el plazo, el cumplimiento de las normas de aislamiento será obligatorio.

Estas exigencias, que, según aseguró el Gobierno, «tan sólo» incrementarán los costes de construcción entre un 0,33 por ciento y un 0,75 por ciento, afectarán a los nuevos edificios destinados a viviendas, uso sanitario, docente, administrativo, sociocultural, etc.

Según indicó la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la aplicación de la norma pondrá fin a las molestias que actualmente padecen casi un tercio de los hogares, y que cada año causan patologías como trastornos del sueño o pérdida de atención y rendimiento. Además, añadió, permitirá situar a España «entre las naciones más innovadoras del mundo en esta materia».

Entre las principales novedades que incorpora el Real Decreto se encuentra el incremento de las exigencias de aislamiento, hasta triplicarlas, para equipararlas a las del resto de países comunitarios.

Además, las exigencias afectarán a todos los elementos constructivos que conforman un recinto (tabiques, forjados, cubiertas y fachadas) y no sólo al elemento de separación entre los recintos, como venía siendo hasta ahora. Así, se aumentan los niveles de aislamiento frente al ruido aéreo (música, gritos, voces, etc.) y el ruido de impacto (golpes, taconeos, etc.) exigidos entre recintos, pasando de 45 decibelios en laboratorio a 50 decibelios en comportamiento real.

Además, se contempla la verificación del cumplimiento de las exigencias de aislamiento me-diante parámetros verificables en una medición in situ, y no según valores de laboratorio, como hasta ahora.

Asimismo, se regula el eco y las malas condiciones acústicas, cuantificando el tiempo de reverberación en recintos como aulas, comedores, restaurantes y salas de conferencias, y se introducen nuevas reglas constructivas para disminuir el ruido de las instalaciones de fontanería y saneamiento (bajantes, ascensores, etc.) y métodos y prácticas para minimizar la transmisión de ruido y vibraciones provocadas por las instalaciones.

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