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- NOTICIA FINAL
La Audiencia ratifica el primer derribo de un chalé junto a Medina Azahara
20:20:26 - 22/05/2008VMT -La resolución de la Audiencia confirma otra del Juzgado de lo Penal número 4, que condenaba a un padre y a su hijo a 36 meses de prisión y a demoler la vivienda como autores de un delito contra la ordenación del territorio
La Sección Primera de la Audiencia de Córdoba ha confirmado por primera vez una sentencia de derribo de una vivienda en la parcelación ilegal Las Pitas, dentro del ámbito de máxima protección del entorno arqueológico de Medina Azahara, que está declarado Bien de Interés Cultural (BIC). Con anterioridad, hubo otra sentencia que motivó el derribo de un chalé ilegal en la urbanización de San Cristóbal.
La resolución de la Audiencia, que firma el presidente de la misma, Eduardo Baena, confirma así otra anterior del Juzgado de lo Penal número 4, que condenaba a un padre y a su hijo a 36 meses de prisión y a demoler la vivienda como autores de un delito contra la ordenación del territorio.
De esta forma, desestima el recurso de apelación presentado contra la sentencia dictada por la titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba el 24 de marzo, por la que condenaba a ambos parcelistas a un total de tres años de prisión, además de la demolición de la construcción, una actuación que correrá a cargo de ambos condenados.
Los condenados presentaron un recurso alegando que no tuvieron conocimiento de la inclusión de su parcela en el BIC hasta que en octubre 2006 la Junta de Andalucía le ordenó la paralización de las obras, poniendo el acento en que la construcción se comenzó en abril de 2006 y no en septiembre u octubre siguiente, como señala la sentencia del Penal 4.
Al respecto el Tribunal de la Sección Primera estima que los acusados "sólo tenían fines especulativos" y niega el error de los procesados que defiende su letrado por ignorar que la parcela se encontraba en zona BIC. De este modo, la sentencia recoge que "los acusados no son personas marginales o desestructuradas, ajenas a las opiniones comunes que circulan en la sociedad". Asimismo, pone de manifiesto que los dos habitan en la zona desde 1995, por lo que calificó como un "sarcasmo" y una "ofensa a la inteligencia" que hayan justificado la obra por desconocer la consideración de BIC.
También hace referencia a que ambos reconocen pertenecer a la Asociación de Vecinos de Las Pitas, creada para solventar problemas relativos a la declaración del BIC.
La resolución de la titular del Juzgado de lo Penal 4 fue la primera resolución dictada por la Justicia de Córdoba en la que se acuerda la demolición de una obra ubicada en el BIC.
La jueza consideró probado que los acusados, M.A.B.N. y M.B.M. , iniciaron en septiembre de 2006 la construcción de una vivienda de una sola planta en forma de L con 17 metros de fachada y 12 en su lateral más largo, "a pesar de tener conocimiento de que esta zona está protegida y sin solicitar licencia de obras ni autorización a la Junta de Andalucía".
Así, consideró estos hechos como un delito contra la ordenación del territorio, por lo que condenó a cada uno de los imputados a 18 meses de prisión, así como una multa de seis euros diarios 16 meses.
Finalmente, el presidente de la Audiencia también advierte en su sentencia de que estos núcleos "se han consolidado a través del tiempo, merced a una desidia de los poderes públicos que dio alas a la población por levantarse las viviendas a la vista, ciencia y paciencia de aquellos".
No obstante, valora que las instituciones hayan tomado conciencia del problema desde hace unos años y advirtió que el fenómeno de las parcelaciones requiere soluciones técnicas y administrativas de control.
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