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Condenan a cuatro años a un hombre de 76 años por cortar la yugular a otro por un supuesto impago

13:48:11 - 22/06/2008VMT -El Tribunal lo condena por un delito de asesinato en grado de tentativa pues provocó heridas en zonas vitales como la yugular y el costado

La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre de 76 años de edad por intentar matar a otro con el que tenía problemas por un supuesto impago de una deuda, asestándole un golpe con un objeto cortante que le produjo el corte de la yugular, aunque logró salvar la vida. Además, se le prohíbe acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante 10 años.

Los hechos sucedieron sobre las 01.00 horas del día 25 de junio de 2006 en la avenida Isabel Manoja cuando el acusado se aproximó por la espalda al presunto deudor al que, según la sentencia, ya había abordado con anterioridad, golpeándole y exigiéndole que pagara lo que le debía de una comisión por un corretaje de un apartamento.

El procesado le cogió del hombro y le obligó a girarse, momento en el que con dicho objeto cortante, no determinado, asestó a la víctima de forma repentina un golpe en la yugular, que le produjo la sección completa de la vena externa del lado izquierdo y la sección longitudinal de la yugular anterior, lo que le ocasionó un derrame que le hubiera causado la muerte de no ser atendido.

Además, le propinó un corte en la zona facial poco profundo y otro en el costado izquierdo sin enfisema subcutáneo; heridas que precisaron un tratamiento distinto a la anterior y tardaron en curar 70 días, de los que 60 estuvo incapacitado para realizar sus ocupaciones habituales, quedándole múltiples secuelas y perjuicio estético, según la resolución de la Sección Primera. El Tribunal lo condena por un delito de asesinato en grado de tentativa pues provocó heridas en zonas vitales como la yugular y el costado y, además, previamente había dicho a un testigo que la víctima no iba a disfrutar del piso, "frase sumamente ilustrativa de lo que estaba dispuesto a hacer el agresor". Además, se apunta que en otra ocasión ya le había agredido y le había dicho que le tenía que matar.

Asimismo, la Sala argumenta la calificación de los hechos en que el procesado abordó por detrás al hombre y de forma "inesperada e imprevisible le asesta el primer golpe, sin que en modo alguno pueda reaccionar a tal agresión inicial el perjudicado", aunque sí pudiera defenderse luego a las restantes.

La víctima hizo una plena identificación del acusado, al que conocía "perfectamente", añade el Tribunal. Además, el procesado reconoció que utilizó un cortaúñas, aunque dijo que sólo para defenderse de la agresión inicial del perjudicado, lo que supone un intento de excluir su responsabilidad en los hechos.

La Sala admite la existencia de la atenuante de obcecación y de reparación del daño, pues aportó en la vista oral un resguardo de ingreso en la cuenta de consignaciones judiciales a favor del perjudicado de 18.000 euros, cantidad solicitada por la acusación particular, mientras que el fiscal pidió 10.000 euros.

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