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El TSJA tumba el segundo intento de expropiar los terrenos de Tablada
17:49:26 - 22/07/2008VMT -Respalda la decisión de este magistrado frente al recurso del Ayuntamiento
Los propietarios de Tablada acumulan otra nueva sentencia favorable a sus planteamientos frente al intento de expropiación de los suelos de la dehesa por parte del Ayuntamiento de Sevilla. La Sección Segunda de la Sala de los Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha vuelto a fallar en contra del Ayuntamiento y anula la delimitación de suelo que la Gerencia de Urbanismo realizó como paso previo a la expropiación por vía de urgencia que pretendía el Consistorio sobre 367,4 hectáreas no urbanizables en las que aseguraba se proyectaría un parque de entidad metropolitana.
No es la primera vez que el mismo Tribunal tumba los argumentos municipales sobre Tablada. En noviembre de 2003, suspendió de forma cautelar el proceso de expropiación y dejó sin efecto la primera delimitación realizada por Urbanismo de 350,3 hectáreas de la dehesa al considerar que el Ayuntamiento estaba obligado a expresar los fines concretos de carácter social que justificaran la reserva y delimitación de los terrenos de titularidad privada para su posterior integración en el Patrimonio Municipal de Suelo, algo que no constaba en el trámite administrativo iniciado por el Ayuntamiento.
En la última sentencia, cinco años más tarde, los magistrados insisten en los mismos argumentos de entonces, recurriendo de nuevo a la novedosa doctrina del Tribunal Supremo en materia de expropiaciones que persigue incrementar las garantías de la propiedad ante presuntos abusos por parte de la Administración a la que se obliga a detallar concretamente los usos que se darán a los bienes expropiados.
Fue en enero de 2004 cuando el Consejo de la Gerencia de Urbanismo aprobó, con el voto en contra del PP, una nueva delimitación de los suelos de Tablada, ahora sobre 367,4 hectáreas, que fue elevada a Pleno en el mes de mayo de ese año. La Oficina del Plan, que dirigía el redactor del nuevo PGOU, Manuel González Fustegueras tampoco definía con concreción el parque proyectado en los terrenos a expropiar, sino que se apoyaba en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía para justificar la delimitación de terrenos estratégicos para la ciudad, así como en el avance que en ese momento se había tramitado del actual Plan General de Ordenación Urbana que planteaba mantener el suelo como no urbanizable. El documento no ofrecía detalles sobre la que se consideraba finalidad última d la expropiación, es decir, hacer de Tablada un macro parque periurbano, extremo que sólo quedaba apuntado en una línea al final del documento.
El consorcio Tablada Hispalís ya advirtió entonces que la reapertura de la expropiación mediante una segunda delimitación de suelo resultaría ser una tramitación que constituía un intento de burla de la Justicia ya que reiterar los mismos argumentos a un asunto zanjado por los tribunales resultaba "nulo de pleno derecho", extremo que se confirmaron en marzo de 2005 cuando el Juzgado número 7 de lo Contencioso emitió un auto suspendiendo en primera instancia la segunda delimitación de suelo. El magistrado ya consideraba que no había modificación en los juzgado un año antes por el TSJA y reiteraba que el Ayuntamiento debía concretar y especificar los usos previstos para el suelo a expropiar para "proteger el derecho de propiedad frente a eventuales abusos de las administraciones en el uso arbitrario de sus facultades". El auto señala que por contra, el acuerdo municipal sólo alude a "inespecíficas o inconcretas" razones estratégicas, de ordenación o vertebración territorial, términos que para el magistrado "se elevan sobre lo preciso y concreto para sumirnos en la imprecisión y lo abstracto", de futuras actuaciones públicas que se remiten a planes como el PGOU "que carecen por completo de fuerza vinculante".
El TSJA respalda la decisión de este magistrado frente al recurso del Ayuntamiento y en su nueva sentencia, de la que hoy se conocerán más detalles, añade nueva jurisprudencia del Tribunal Supremo además de hacer mención a lo incongruente que resulta reservar tan amplia superficie de terrenos para un parque periurbano cuando las administraciones públicas no han sido capaces de proveer en más de una década a la ampliación del Parque del Alamillo de más reducidas dimensiones. La sentencia llega con dos años de retraso sobre la fecha prevista por Urbanismo cuyo delegado suponía que "en el peor de los casos" el Ayuntamiento ocuparía los terrenos de Tablada en 2008.
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