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Sólo 91 parejas se han inscrito en Marbella con la ley de uniones de hecho desde 2002

12:40:26 - 25/03/2008VMT -La incidencia del divorcio en este ámbito es mínima, pues sólo cinco enlaces interrumpieron la relación

La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de 28 de diciembre de 2002 de la Ley de Uniones de Hecho fue recibida como un avance sin precedentes en la equiparación de derechos entre las parejas casadas (por lo civil o lo religioso) y las que no habían formalizado su relación a la vista de la administración. En Marbella también ha tenido su efecto que, como en el conjunto de Andalucía, tiende a diluirse desde que entró en vigor la ley sobre matrimonios entre homosexuales. En siete años de vigencia de esta norma regional tan sólo 91 parejas de Marbella, según datos de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, se han inscrito en el registro oficial de la Junta de Andalucía.

Sólo cinco de esas parejas son del mismo sexo. Acreditan que uno de sus miembros reside habitualmente en un municipio de la comunidad autónoma. La nueva norma no vino sino a cubrir este vacío legal y a regular, por un lado, las relaciones personales y patrimoniales entre los convivientes -con independencia de su sexo- y, por otro, el ejercicio de sus derechos civiles ante el Estado. La Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta es el departamento que desde febrero de 2005 gestiona el registro único de parejas de hecho (anteriormente estaba en la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas). Aunque el registro es único, estas formalizaciones de uniones pueden hacerse también en los propios ayuntamientos, como es el caso del de Marbella.

Pese a esa cifra de 91 uniones de hecho en Marbella durante todo este tiempo, la fuentes consultadas tanto de la administración andaluza como de la local auguran que el futuro de esta normativa, a tenor de los datos, es incierto. Es fácil comprender el principal motivo. La irrupción en julio de 2005 de la ley sobre matrimonios ha relativizado la importancia de esta normativa para las parejas del mismo sexo interesadas en regularizar legalmente su situación. Cabe recordar en este sentido que uno de los aspectos más destacables de la ley de 2002 y que animó a muchos individuos a inscribirse fue la no discriminación por razón de la condición sexual de los miembros de la pareja. La nueva norma dejó antiguo ese reconocimiento. En Marbella se han celebrado durante todo este tiempo un total de 16 matrimonios entre personas del mismo sexo: cinco en 2005, otros tantos en 2006, cuatro en 2007 y dos en lo que va de 2008.

Uno de los elementos novedosos de la ley es la posibilidad de establecer un régimen económico entre los convivientes que se mantendría durante el tiempo que durará la relación como a su finalización. Los pactos que se acordaran entre ambos miembros pueden establecer un régimen de compensación económica cuando tras el cese de la relación se produzca un desequilibrio en uno de los dos miembros en relación a la posición del otro. Se equiparan así las uniones de hecho a los derechos sociales que asisten a los separados de los matrimonios, según las fuentes referidas de la administración andaluza.

La incidencia del divorcio es mínima en el ámbito de las parejas de hecho, recalcan esas fuentes. Lo demuestran las estadísticas. Así, desde 2002, sólo cinco de las 91 parejas solicitaron la baja en el registro público después de que se apagara el amor entre ellas. La propia norma establece en su articulado los requisitos para la disolución de la unión: la muerte o declaración de fallecimiento de alguno de sus miembros, matrimonio o pareja de uno de los individuos, de mutuo acuerdo, por la voluntad unilateral de uno de los miembros de la pareja, por el cese efectivo de la convivencia por un periodo superior a un año o que la pareja sencillamente se rompa.

En el conjunto de Andalucía, según pudo conocer este periódico de fuentes de la Junta, la última circunstancia -en materia de vivienda pública, fiscalidad autonómica, equiparación con los matrimonios en la función pública, posibilidad de acogida, entre otras- descrita es la más común como causa de baja en el registro único. Y esta circunstancia obliga a la ruptura del "contrato" para esquivar la posibilidad de cometer un fraude. Es verdad que no tiene el reconocimiento del matrimonio que ampara el Código Civil, pero tiene sus ventajas.

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Comentarios

25/04/2008 - 19:37:37

Si uno de los dos esta cobrando una paga de viudedad, la perderia al hacerse pareja de hecho,-

Saludos.: gracias

25/04/2008 - 20:16:00

Gracias por la pronta contestacion.

Entonces esta reflejado igual que el matrimonio civil-juzgado-

Y en el caso de fallecer uno, el otro cobraria pension de viudedad

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