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- NOTICIA FINAL
Reiteran que la cementera de Yepes incinera residuos sin el informe de Medio Ambiente
19:30:41 - 26/05/2008VMT -En enero de 2008 la Plataforma Toledo Aire Limpio remitión un escrito al Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) detallando estos hechos
La Plataforma Toledo Aire Limpio insistió hoy que Cemex en Yepes está incinerando residuos sin la obtención del informe favorable de la Dirección General de Calidad Ambiental al Programa de Vigilancia y Prevención Ambiental, imprescindible para que entre en vigor la resolución que autoriza a la cementera a incinerar residuos, y sin la licencia expresa de actividad que ha de otorgar el Ayuntamiento de Yepes y que pone fin al procedimiento.
En un comunicado, la Plataforma asegura que, según la información de la propia Consejería de Medio Ambiente y del Ayuntamiento, la cementera se encuentra, desde marzo de 2007, incinerando residuos en su planta de Yepes sin cumplir estos condicionamientos, lo cual es constitutivo de infracción, al menos grave, a resultas del artículo 31 de la ley 16/2002.
La Plataforma considera estos hechos "especialmente graves", y recuerda que la incineración de residuos podría conllevar graves riesgos para la salud de los ciudadanos y para el medio ambiente "por el riesgo de incremento de contaminantes atmosféricos, entre ellos dioxinas y furanos muy peligrosos para la salud, y también porque implica una falta de seguridad inaceptable de que en el futuro se vayan a cumplir los límites establecidos en la propia autorización".
En enero de 2008 remitieron un escrito al Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) detallando estos hechos, y la pasada semana han presentado ante la Consejería una denuncia contra la cementera para que se inicie un expediente sancionador "por entender que incurre al menos en falta grave".
Además, la Plataforma quiere que, de acuerdo a los trámites oportunos, esta denuncia se resuelva imponiendo la sanción que proceda en su grado máximo por la persistencia en el tiempo de esta situación y se acuerde la inhabilitación para el ejercicio de la actividad de incineración de residuos.
Igualmente, quiere que desde la Consejería se proceda, como medida de carácter provisional, a ordenar la suspensión temporal de la actividad.
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