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- NOTICIA FINAL
La plaza de asesor deportivo de Marta Domínguez deberá volver a convocarse

20:05:27 - 11/07/2008VMT -El Juzgado anula el concurso por el que la atleta consiguió un puesto en la Fundación de Deportes
El Juzgado Contencioso Administrativo de Palencia ha anulado en una sentencia que aún no es firme una de las bases del concurso convocado por la Diputación para cubrir una plaza de técnico medio en la Fundación Provincial para la Promoción Deportiva, organismo autónomo dependiente de la Diputación, plaza que el pasado mes de octubre fue adjudicada a la conocida atleta palentina Marta Domínguez.
La jueza ha considerado que la norma por la que se adjudicó el puesto de trabajo a la atleta en la Diputación no garantizaba la igualdad de acceso de todos los candidatos que optaban al puesto, por lo que determina que el concurso debe ser sustituido por otro que sí avale esa igualdad de oportunidades, "con la posibilidad de una valoración de méritos acordes al puesto", se afirma en la sentencia, que ha sido dictada a raíz del recurso que interpuso el sindicato CC. OO., contra las bases del concurso, al estimar que vulneran el principio de igualdad.
La base sexta del concurso que la titular del Juzgado Contencioso ha considerado que "no es conforme a derecho", hace referencia al desarrollo del concurso y a la valoración de méritos, en la que se admiten los resultados deportivos de competiciones internacionales y nacionales, y cuya puntuación supone hasta el 60 por ciento del total de los puntos del concurso.
Para razonar jurídicamente que esa valoración vulnera el principio de igualdad, la magistrada recuerda que los procedimientos de selección deberán consistir en pruebas que garanticen el conocimiento de los temas generales y específicos, "debiendo aplicar este principio no sólo a las pruebas teóricas, sino también al reconocimiento de méritos acordes a la plaza que se convoca", dice la jueza.
En el caso de la bases para optar a la plaza, los méritos que suponen más de la mitad de la valoración del concurso "están relacionados únicamente con medallas en pruebas deportivas de muy alto nivel, que se refieren sólo a Juegos Olímpicos, campeonatos del mundo, de Europa y de España absolutos, en detrimento de cualquier otra medalla de un nivel no tan alto, lo que viene a restringir o limitar la posibilidad de acceso a la plaza a un número tan mínimo de personas que determinan un perfil individualizado y atentan al principio de igualdad en la medida en que la plaza es de técnico medio con funciones de asesor deportivo", se subraya también en la sentencia
La jueza tampoco olvida que aunque las administraciones son libres de elegir el sistema que consideren más oportuno para cubrir puestos de trabajo, "el hecho de que se ejerciten potestades de carácter discrecional, no significa que pueda hacerse de forma libérrima, ya que el ordenamiento jurídico impone unos límites, que aquí serían los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, en particular el primero", se afirma en el texto jurídico.
La convocatoria de esta plaza ya generó una gran polémica el pasado año cuando se conocieron las bases. Tanto el sindicato que ha ganado la batalla jurídica como la oposición socialista manifestaron su sospecha de que el concurso estaba planteado para ofrecer un puesto de trabajo permanente a la atleta, que además fue concejala del PP en el Ayuntamiento de Palencia, y que ha estado vinculada directamente la Diputación como directora de la Escuela Provincial de Atletismo.
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