Noticias Ya.com
- NOTICIA FINAL
El delito de falsificación de documentos públicos está penado con un máximo de seis años de cárcel
19:34:49 - 22/07/2008VMT -Quien debe tratar por la vía administrativa el caso es la Junta
Según el artículo 390, capítulo II, sección primera del Código Penal, quien cometa un delito de falsificación de documentos públicos, que es lo que según el PSOE ha hecho García de Coca, "será castigado con penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a 24 meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad".
Sin embargo, según la abogada Susana Ordóñez, es precipitado hablar de penas porque "todavía no hay imputados, sólo una denuncia por la manipulación del plan". "Lo importante es que se ha admitido a trámite y eso significa que hay indicios reales de criminalidad", añade.
A partir de ahora pueden suceder dos cosas. Una es que, a través de la vía penal (que es por la que ha denunciado el PSOE), se detecte que ha habido alteraciones del PGOU y se descubra quién ha sido el culpable, entonces sería falsedad documental y, según la abogada, "no le caerían muchos años, sino que serían más importantes las consecuencias sociales o políticas". Y la segunda opción es que se descubran las manipulaciones pero no el culpable, en ese caso no habría consecuencias penales.
Quien debe tratar por la vía administrativa el caso es la Junta, explica Ordóñez, entidad que ha ordenado una investigación del plan, artículo por artículo y, en el caso de que se detecten modificaciones, tendrá que decretar su subsanación. El PGOU, correctamente modificado, podría publicarse en uno o dos meses.
Publicidad
Más noticias de C.León
Foro
El conflicto vasco
¿Crees que tiene solución? ¿Desaparecerá ETA?
Servicio Ya.com | Ofertas |