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La Junta asume el control financiero de los Ayuntamientos con el nuevo Estatuto
20:01:56 - 26/12/2007Vocento VMT -La Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Hacienda, la que deberá hacerse con la tutela financiera de las corporaciones locales
El nuevo Estatuto de Autonomía, fruto de la última reforma aprobada mediante Ley Orgánica del 30 de noviembre y cuya entrada en vigor se produjo un día después, reconoce en su artículo 54 la tutela financiara de las corporaciones locales. Así, se recoge expresamente que "corresponde a la Comunidad de Castilla y León velar por los intereses financieros de los entes locales de su territorio y ejercer la tutela financiera sobre ellos, respetando la autonomía que a los mismos reconocen los artículos 140 y 142 de la Constitución".
Este artículo implica que, una vez que el nuevo Estatuto de Autonomía ha entrado en vigor, es la Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Hacienda, la que deberá hacerse con la tutela financiera de las corporaciones locales, lo que, en definitiva implica, que la administración regional deberá velar por el buen estado de las finanzas municipales, competencia que hasta ahora correspondía a la Consejería de Economía.
La competencia de tutela financiera de los entes locales se corresponde con una serie de funciones reguladas en el artículo 53 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. De esta forma, es la administración regional la encargada de autorizar operaciones de crédito a largo plazo cuando se trate de operaciones denominadas en euros en dos supuestos diferentes: primero, cuando de los resultados financieros que reflejen la liquidación de los presupuestos, los resultados corrientes y los resultados de la actividad ordinaria del último ejercicio, se deduzca un ahorro neto negativo; segundo, cuando el volumen total del capital vivo de las operaciones de crédito vigentes a corto y largo plazo, incluyendo el importe de la operación proyectada, exceda del 110 por ciento de los ingresos corrientes liquidados o devengados en el ejercicio inmediatamente anterior. Además, la Junta es competente para realizar la evaluación del Plan de saneamiento financiero que deben presentar las entidades que soliciten endeudarse y tengan ahorro neto negativo.
Por último, compete a la administración regional aprobar el escenario de consolidación presupuestaria de las entidades de más de 200.000 habitantes cuando éstas opten por presentar este escenario en lugar de solicitar autorizaciones específicas.
Por otra parte, también el Real Decreto del 2 de noviembre de este año por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley de Estabilidad Presupuestaria en su aplicación a las entidades locales, atribuye diversas competencias a las comunidades autónomas en materia de tutela financiera como son la evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria; la aprobación y seguimiento de los planes económico-financieros de las entidades locales que incumplan el objetivo de estabilidad presupuestaria, y el suministro de información financiera de las entidades locales. El pasado 12 de diciembre, representantes de la consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León mantuvieron una reunión sobre esta materia con responsables de la Dirección General de Coordinación Financiera con las entidades locales. El encuentro, que tuvo lugar en Madrid, sirvió como toma de contacto entre el Ministerio de Economía y Hacienda y la Consejería de Hacienda, donde se puso de manifiesta lo voluntad del Ministerio de colaborar con la Junta en el traspaso competencial.
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