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El ex marido de Benita del Valle cumplirá un máximo de15 años por el homicidio

17:03:14 - 29/02/2008VMT -El veredicto del jurado rechaza la existencia de alevosía ante la imposibilidad de determinar cómo atacó a la víctima y concreta que la mató a cuchilladas siendo consciente de sus actos

El presidente del tribunal disolvió el jurado una vez emitido el veredicto de culpabilidad por homicidio felicitando a sus nueve miembros por su papel y por su paciencia tras nueve "jornadas agotadoras".

Las cinco partes personadas en la causa concretaron sus peticiones definitivas sobre la base de los hechos probados por el jurado. Así, las cuatro acusaciones -fiscal, abogada del Estado y dos abogadas de los cuatro hijos- coincidieron en solicitar 15 años de cárcel por homicidio con las agravantes de abuso de superioridad (sumado a abuso de confianza) y parentesco. Su abogado solicitó 12 años y 6 meses con los mismo cargos al ser el mínimo recogido en el Código Penal.

El presidente del tribunal, Feliciano Trebolle, emitirá en los próximos días una sentencia en función de los hechos probados en la que fijará la pena hasta 15 años de máximo.

Cuarenta y ocho horas fueron necesarias para que los cinco hombres y cuatro mujeres que formaron el jurado en el juicio por el crimen de Benita del Valle acordaran por unanimidad declarar culpable de homicidio a Eugenio Rodríguez Ruiz, de 55 años, y cerraran así el debate sobre si los hechos pudieron ser constitutivos de un delito de asesinato. Resuelta la duda, y a expensas de la sentencia que dictará el magistrado Feliciano Trebolle, el ex marido de la mujer descuartizada en marzo del 2006 cumplirá 15 años de cárcel salvo sorpresa mayúscula. Así lo consideraron las cuatro acusaciones, pública y privada, y sólo su abogado defensor rebajó ayer su petición de pena a 12 años y 6 meses -el mínimo para este tipo-.

Eugenio Rodríguez Ruiz "sabía lo que hacía y quería hacerlo" la madrugada del 1 de marzo del 2006 cuando asestó una cuchillada en la parte izquierda del cuello a su ex mujer, con la que aún vivía en la casa molinera de la calle Mirlo (Pajarillos), en el transcurso de una discusión en la que él y sólo él llevó la voz cantante, según los hechos probados en el veredicto.

La clave de la calificación penal de homicidio radica en la consideración del jurado de que como no pueden "determinar la forma en la que le atacó y le causó la muerte no podemos decir que se eliminaran todas las posibilidades de defensa", matizó el portavoz del jurado para rechazar así la existencia de alevosía, es decir, "matar sin riesgo, por sorpresa y sobre seguro". Ésa era la única circunstancia que hubiera elevado la calificación de los hechos a la categoría de asesinato e incrementado la pena de 15 a 20 años.

No fue así y el homicida cumplirá los 68 años en prisión salvo beneficios penitenciarios que el jurado pidió expresamente que no se le concedan. Para cuando salga deberá mudarse fuera de la provincia durante los diez años siguientes sin aproximarse siquiera o intentar hablar por medio alguno a sus hijos y los "hijos de sus hijos" por expreso deseo de los cuatro hermanos después de que su padre intentara desde la cárcel ponerse en contacto con ellos en estos dos años. Tales extremos deberá concretarlos el fallo definitivo del presidente del tribunal en la sentencia.

La base de hechos probados ratificada ayer por el jurado, a través de sus 58 respuestas a las cuestiones sobre el crimen -el objeto del veredicto- que recibieron el martes a las 16.00 horas, deja claro que en el homicidio inicial concurrieron las agravantes de abuso de superioridad y parentesco, además de incluir una tercera como fue el abuso de confianza.

La primera se produjo en un ataque con arma blanca en el que el homicida "no anuló toda posibilidad de defensa pero en la que tenía una situación de fuerza ventajosa que mermaba tal posibilidad a la víctima", mientras que la segunda se dio dada la condición de matrimonio de la pareja hasta sólo 26 días antes del crimen. Más dudas existen sobre la tercera agravante: la confianza. Así, el fiscal y la abogada del Estado aclararon que esa circunstancia se incluiría dentro del parentesco al entender que si había confianza era simplemente por el tiempo que habían compartido (33 años) como matrimonio. "Un mismo hecho no puede dar lugar a dos agravantes distintas", concretó la segunda.

Sea como fuere, y aún cuando las dos abogadas de las hijas si dieron por buena la existencia de las tres agravantes, los cuatro acusaciones coincidieron en pedir la condena máxima de 15 años por homicidio que recoge el Código Penal. La literalidad de la ley dados los hechos probados permite que la horquilla de 10 a 15 años para un delito de homicidio se aplique en este caso en su mitad superior y a eso se acogió la defensa para solicitar 12 años y 6 meses o lo que es lo mismo: el mínimo.

El veredicto unánime de culpabilidad -só descarta asimismo cualquier atenuante que rebajara la condena de Eugenio Rodríguez Ruiz. El jurado entiende que el futuro condenado no actuó fruto de un arrebato o impulso incontrolable que nublara su capacidad mental sino que lo hizo siendo plenamente consciente de sus actos y movido por el hecho de "no asumir que Benita del Valle" le iba a dejar definitivamente aquella noche.

Tampoco creen los integrantes del tribunal popular que el ex marido se entregara en comisaría el 9 de mayo del 2006 fruto de su arrepentimiento sino que lo hizo "cuando tenía indicios de que podría ser culpable -así lo creía la policía y así lo recogió aquel día este periódico-" y después de pactarlo con su abogado y su hermano. "No existió ningún tipo de arrepentimiento", concretaron.

Los hechos, una vez hecho público el veredicto, ocurrieron como sigue: Eugenio inició una discusión con Benita pasada la medianoche del 28 de febrero al 1 de marzo después de que ésta pasara la tarde con un amigo al que había conocido en un chat de Internet y de que le anunciara su intención de ir a pasar unos días con él. Las desavenencias de la pareja divorciada por sentencia desde el 3 de febrero anterior la zanjó el ex marido de una cuchillada que acabó con la vida de la víctima en su propia habitación. Al día siguiente descuartizó el cadáver con un cuchillo y una sierra que cogió del taller de uno de sus hijos y tiró los restos, junto a otros enseres de la fallecida, al río.

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