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Un año de cárcel por apropiarse de la parte del "gordo" de Navidad que le correspondía a su ex novia

19:27:29 - 10/12/2007Vocento VMT -El Supremo le obliga a devolver los 66.000 euros con que se quedó y absuelve a los familiares que le ayudaron en el engaño sólo por un tecnicismo

El Tribunal Supremo confirmó hoy la condena a un año de cárcel por apropiación indebida que la Audiencia Provincial de Barcelona impuso en enero pasado a Guillermo Balmont Rodríguez. El condenado, con la ayuda de varios miembros de su familia, organizó un engaño y se quedó con la mayor parte del "gordo" de la Lotería de Navidad de 2003 que le correspondía a su ex novia, con la que compartía un décimo premiado.

La sentencia que ahora confirma el Supremo, al menos en lo referente a Balmont, le obliga a pagar una multa de 1.800 euros como autor del delito y a entregar a su ex novia los 66.666 euros que le escatimó hace cuatro años más los intereses de demora.

La resolución declara probado que esta pareja de hecho comenzó a convivir en 1998 y que mantuvo su relación hasta los últimos días de noviembre de 2003, unas tres semanas antes de que se celebrarse el sorteo de Navidad (22 de diciembre). Ambos encargaron al primo del condenado que les comprase en Sort (Lleida) un décimo del número 42.473, que Balmont le abonó con el dinero del fondo común de la pareja. Se quedó como depositario de la lotería incluso después de la separación.

El 24 de diciembre de 2003, dos días después del sorteo, la novia llamó a su ex pareja para reclamarle su parte del premio conjunto de 200.000 euros. Los padres del condenado le dijeron que en unos días se pondrían en contacto con ella para solucionarlo.

Cuando fueron a visitarla a su casa, le contaron que el décimo premiado había entrado antes del sorteo en un fondo de jugadores formado por Balmont, sus padres, su hermano y otro hombre, al que cada uno había aportado un décimo, pero sólo el suyo había resultado premiado. Por ese motivo, le dijeron que habían decidido hacerle un favor y pagarle una sexta parte del premio, aunque sólo le correspondía la mitad de la quinta parte. En su cuenta corriente le ingresaron 33.333 euros.

Nunca creyó el engaño

La mujer, que nunca creyó esta versión, que tampoco pudo ser probada en el juicio, demandó a su ex novio y ahora los tribunales le han dado amparo. La sentencia del Supremo, pese a mantener esta narración de hechos, decide anular parte del fallo inicial y absolver a los otros cuatro familiares implicados del delito de apropiación indebida en grado de colaboradores por el que fueron condenados. El alto tribunal, no obstante, explica que la absolución sólo se debe a un tecnicismo. Los magistrados no pueden mantener la condena por colaboración porque, en todo caso, deberían condenarlos como autores por colaboración necesaria en la apropiación, cosa que no pueden hacer en este momento procesal.

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