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El contencioso contra las obras del trasvase puede llegar al Constitucional

12:55:56 - 26/05/2008VMT -Para los juristas, lo mejor es alcanzar un pacto para evitar la judicialización del agua
Como el agua es un bien escaso y el país ha sido incapaz de alcanzar un pacto que garantice su suministro, el líquido elemento sigue inundando de polémica la vida política y ciudadana de dos comunidades. La aragonesa ha pedido la derogación formal del decreto de abastecimiento de Barcelona y su presidente ha anunciado la presentación de un recurso contencioso administrativo contra la adjudicación de las obras del minitrasvase, en una judicialización del agua que podría alcanzar al Tribunal Constitucional si alega vulneración del Estatuto de Aragón, según varios juristas.
En Cataluña, mientras los pantanos siguen llenándose merced a las recientes precipitaciones que este fin de semana todavía duran, el agua agranda la distancia entre las Terres del Ebre y la capital catalana, al aunar a gentes de distinta ideología en la causa común de defender un río en el que es posible pescar calamares a la altura del puente de Ferreries, en Tortosa. El agua también anega las relaciones de un tripartito en un periodo precongresual para ERC.
Las recientes lluvias han convertido en papel mojado el Decreto Ley de 22 de abril de 2008 sobre "Medidas excepcionales y urgentes para garantizar el abastecimiento de poblaciones afectadas por la sequía en la provincia de Barcelona". Los pantanos catalanes están a más de un tercio de su capacidad y la ministra de Medio Ambiente, Elena Espinosa, entreabrió esta semana la puerta a la paralización del minitrasvase de agua de Tarragona a Barcelona si los pantanos llegan "al mínimo necesario" para garantizar el suministro.
Como la providencia meteorológica pone en tela de juicio la "extrema sequía" en que se basa el decreto ley, al ser ese concepto "jurídicamente indeterminado, existe base suficiente para la argumentación ante los tribunales", según Pedro Mirosa, decano de la Facultad de Derecho en Esade, de la Universidad Ramon Llull.
Pero como un decreto ley que ha sido sancionado por el Congreso de los Diputados no es fiscalizable "si no es por vía del Tribunal Constitucional", señala Enric R. Bartlett, profesor de Derecho Público de Esade, el contencioso administrativo que ha anunciado el presidente de Aragón, Marcelino Iglesias, contra la adjudicación de la construcción de la tubería, podría incluir la solicitud de medidas cautelares de paralización de las obras.
Al mismo tiempo, el experto señala que el acto administrativo podría basarse en que "contraría el ordenamiento jurídico, al poder invocar que va en contra de la Ley de Aguas y contra el mismo decreto ley por razones de urgencia porque ahora no se dan". El artículo 86 de la Constitución permite la promulgación de leyes mediante decreto para circunstancias especiales de extraordinaria y urgente necesidad", una cobertura que quedaría invalidada en el caso de la desaparición de la sequía.
Las medidas cautelares podrían consistir, por ejemplo, según este jurista, en quitar un tramo del tubo desde Tarragona a la cuenta del Ter-Llobregat, de manera que así se evita el paso del agua y, en caso de que se produzcan las medidas excepcionales en que se basa el decreto ley, por la repetición de un nuevo episodio de sequía, se podría colocar y garantizar el suministro de agua de boca a la metrópoli barcelonesa. Otra vía, al margen de la petición de las Cortes de Aragón de la derogación del decreto ley, consistiría, según los expertos en derecho Mirosa y Bartlett, en recurrir la adjudicación de las obras "y por elevación llevar el asunto ante el Constitucional por vulnerar el Estatuto de Aragón".
Un procedimiento similar sería igualmente recurrir la adjudicación porque se entiende que va en contra de los fundamentos del decreto ley, al haber cambiado la situación de extrema sequía, y añadir la petición al tribunal contencioso administrativo, probablemente de la Audiencia Nacional, el planteamiento de una cuestión de inconstitucional ante el Tribunal Constitucional "porque la norma de cobertura, el decreto ley, se ha dictado en contra del Estatuto de Aragón".
En ese caso, el tribunal contencioso administrativo paralizaría el recurso y elevaría al Constitucional para que se pronunciara. Esta vía, según los juristas, consiste en provocar que sea el juzgado quien eleve el caso al Tribunal Constitucional. Todo ello en el marco de que el agua que se trasvasaría hacia el Ter-Llobregat no excedería el caudal de 4 metros cúbicos por segundo establecido en la concesión del minitrasvase del Ebro a Tarragona de 1981, lo que supone no tomar ni una gota más de la ya establecida.
Sin embargo, los mismos juristas Mirosa y Bartlett coinciden al afirmar en que el decreto ley constituye una base negociadora que ampara a Cataluña, a pesar de que la lluvia ha evitado el riesgo de las restricciones de agua. A juicio de los expertos, "lo más inteligente políticamente es no parar el proceso y hablar con la gente de los territorios afectados para intentar alcanzar un pacto".
Un bien escaso como el agua siempre ha estado sujeto a conflicto de intereses y ha llegado a enfrentar a comunidades. Para los juristas, lo mejor es alcanzar un pacto para evitar la judicialización del agua. "Es más práctico obtenerla de un trasvase como el del Ródano, mediante desaladoras o propiciando que la lluvia abastezca más los acuíferos y no se pierda tanta agua", señala Bartlett.
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