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El Insalud debe indemnizar a una mujer que quedó parapléjica tras una operación

09:44:20 - 03/05/2008VMT -El Tribunal Supremo fija una compensación de 60.101 euros

El Insalud deberá indemnizar a una mujer con 60.101 euros por no haberla informado de los tratamientos alternativos que había frente a una intervención quirúrgica. La paciente, que fue operada en 1999, quedó parapléjica tras la operación. La Audiencia Nacional había desestimado su demanda, pero el Tribunal Supremo ha considerado que tiene derecho a una compensación económica.

Según se relata en la sentencia del Supremo, a la señora se le diagnosticó un cáncer de mama en agosto de 1994. Fue operada y sometida a quimioterapia. Pero más tarde se le detectó una metástasis en parte de la columna vertebral. En el Hospital Infanta Cristina de Badajoz se le recomendó que, con carácter preventivo, y para evitar una paraplejia posterior, se operase de la columna. La operaron, pero salió del quirófano con la paraplejia que se pretendía evitar. Además, sufrió una infección de la herida quirúrgica y una profunda depresión.

El Supremo considera que en este caso se ha vulnerado el artículo 10.5 y 6 de la Ley General de Sanidad al no haberse informado a la paciente de todos los tratamientos alternativos ante la enfermedad que sufría. Los propios informes del Insalud señalan que en la mayor parte de los casos el tratamiento utilizado en esos supuestos es la radioterapia y sólo en última instancia la cirugía. Sin embargo, en la documentación no consta que a la señora se le informase de un posible tratamiento con radioterapia.

Sí se le informó de los riesgos de la operación, entre los que estaba la paraplejia, pero no de que existían otros tratamientos que los médicos consideraban más seguros. Dado que los informes médicos señalaban que la paraplejia hubiera sido inevitable, con o sin intervención, El Supremo estima que con más razón hubiera debido ser informada la paciente de todas las alternativas. La falta de ese consentimiento informado es la que lleva al alto tribunal a estimar la demanda de la mujer. Deberá ser indemnizada con 60.101 euros más los intereses de demora.

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