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Una mujer que perdió un ojo tras ser operada de cataratas será indemnizada con 180.303 euros

18:58:03 - 05/11/2007VMT -El Supremo considera que no se le trataron de manera inmediata las complicaciones ni se le informó del riesgo

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Una señora que perdió un ojo tras ser operada de cataratas en el Hospital del Pilar de Almendralejo será indemnizada con 180.303 euros. La compensación económica llega nueve años después de la intervención, que tuvo lugar el 22 de mayo de 1998. La demanda de esta paciente fue rechazada por la Audiencia Nacional en 2002 y ha sido ahora el Tribunal Supremo el que ha considerado que hubo responsabilidad por parte de la Administración en el daño producido. Será el Estado el que deba pagar la indemnización, ya que la demanda era contra el Insalud.

El Supremo estima la reclamación en base a dos cuestiones: la tardanza en tratar las complicaciones que surgieron en la operación de cataratas; y el hecho de que no se informara a la paciente de los riesgos que conlleva la intervención, como es obligado.

Según se explica en la sentencia, que tiene fecha del pasado 10 de octubre, durante la operación de cataratas se produjo la rotura de la cápsula posterior, y un fragmento del núcleo del cristalino pasó al segmento posterior. En el mismo hospital se le realizó una vitrectomía anterior que no resolvió el problema. Es una complicación que sólo se produce entre el 0,3 por ciento al 1,5 por ciento de los casos.

Se le hicieron revisiones unos días después y el 30 de mayo se le envió al Hospital Infanta Cristina de Badajoz para que se le realizar una vitrectomía posterior. Pero tampoco en este centro existían los medios adecuados, por lo que se le envió al Hospital de Mérida. El 1 de junio se le trasladó de nuevo, en esta ocasión a la Fundación Jiménez Díaz de Madrid, donde se le opera el 3 de junio. Se le realiza otra vitrectomía posterior. Al no observarse mejoría se repite la operación dos semanas después. Pero la situación no mejora. En los meses siguientes es tratada en el Hospital de Mérida, y el 24 de noviembre se procede a la evisceración del ojo (extracción) y se le implanta una bola de metacrilato para la adaptación de una prótesis. Se había producido una perforación del globo ocular como consecuencia de una infección, por lo que hubo que extraérselo. La paciente recurrió a los tribunales y la Audiencia Nacional rechazó la demanda por considerar que no había habido una incorrecta actuación médica. Sin embargo, el Supremo mantiene otro criterio y en base a los informes médicos que se han presentado e incluso al de la Inspección del propio Insalud, concluye que hubo retraso en el tratamiento, ya que a la paciente se le envió a hospitales que no tenían medios para tratarle de las complicaciones que habían surgido.

"Aun cuando se estimase que la complicación surgida en la operación era inevitable -argumenta la sentencia del Supremo-, tesis más favorable a la Administración, lo cierto es que por la misma no se tomaron con la rapidez necesaria las medidas tendentes a tratar un proceso inflamatorio que culminó con la pérdida del ojo derecho de la paciente".

El Tribunal Supremo considera que hay un segundo motivo para atender la reclamación de la paciente: la falta del llamado "consentimiento informado". Es decir, no se le informó de manera adecuada de los riesgos que tenía la operación para que ella tomase una decisión sobre la misma.

"No hay constancia documentada de que a la actora (paciente) se le hubiese informado de los riesgos que comportaba la operación de cataratas a la que se sometió", señala la sentencia. El documento oficial no está firmado por la paciente.

El Supremo insiste en que no contar con el consentimiento informado de los pacientes se debe considerar como un incumplimiento de la "lex artis" y revela un funcionamiento anormal del servicio público.

A la hora de fijar la indemnización que le corresponde por este mal funcionamiento el supremo considera adecuada la cantidad de 180.303 euros porque además de la evisceración del ojo derecho también sufre una paulatina pérdida de visión en el izquierdo. Como consecuencia de la pérdida sufre un trastorno adaptativo con componente depresivo que le obliga a seguir un tratamiento psiquiátrico. La demandante había estimado el daño en 480.000 euros.

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Comentarios

18/07/2008 - 21:44:29

mi papá tiene retinopatia y me gustaria saber donde lo pueden operar por que es un problema bien avansado

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