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La firma del 10 por ciento de los vecinos bastará para pedir un "referéndum" local

13:00:39 - 28/01/2008VMT -El borrador del Reglamento de Participación Ciudadana introduce la posibilidad de convocar consultas populares para decidir sobre asuntos de máximo interés municipal
Según los últimos datos del INE, bastará con reunir la firma de 9.080 personas, el 10 por ciento de los vecinos de Cáceres, para que casi cualquier asunto de interés municipal pueda ser sometido a un "referéndum" de carácter consultivo. Es una de las principales novedades que introduce el nuevo Reglamento de Participación Social y Ciudadana, cuyo borrador fue repartido la semana pasada por el Ayuntamiento a los representantes de las asociaciones cívicas cacereñas.
Este reglamento consagra, entre otras muchas herramientas de participación, el derecho a la consulta ciudadana, ya recogido en la Ley de Bases de Régimen Local, pero aún no desarrollado en Cáceres por una normativa propia. Así, el alcalde, ya sea por propia iniciativa o por petición de los vecinos, podrá convocar una consulta siempre que cuente con la mayoría absoluta del pleno y con la autorización del Gobierno central.
El borrador del reglamento, que se encuentra en fase de tramitación, señala como único límite que el asunto que se someta a consulta no podrá referirse a la hacienda local. Tendrán derecho a votar todos los ciudadanos inscritos en el censo, y se establece incluso la posibilidad de que la consulta exprese otras soluciones alternativas a la inicialmente propuesta. Como su propio nombre indica, tendrá carácter consultivo, no vinculante, aunque dispondrá de toda la fuerza de la opinión popular ante las acciones de los poderes públicos.
Dentro del apartado que el reglamento dedica al derecho a la iniciativa de los ciudadanos aparece también la denominada Iniciativa Popular, que se traduce en la potestad de todos los vecinos con derecho al voto de presentar propuestas de acuerdos, actuaciones o proyectos de reglamentos en materias de competencia municipal para que sean debatida y, en su caso, aprobadas por el pleno. Al igual que en la consulta, las iniciativas deberán ir apoyadas por al menos del 10 por ciento de los vecinos, y podrán llevar incorporada una solicitud para que la iniciativa se someta a una consulta.
El Reglamento de Participación Ciudadana ha sido distribuido recientemente entre todas las asociaciones de la ciudad para que presenten las enmiendas que consideren necesarias antes de ser aprobado por el pleno. Además de los ya descritos, el borrador de la nueva normativa reconoce otros derechos a los ciudadanos y los colectivos para participar de manera activa en la vida pública de Cáceres. Los más importantes son los siguientes:
Los ciudadanos tienen derecho a ser informados sobre los aspectos de la vida municipal y sobre la gestión del Ayuntamiento, a través de todos los medios disponibles (web municipal, medios de comunicación, bandos folletos ). En cada distrito se creará a demás una Oficina de Información y Atención al Ciudadano, donde también se recibirán recursos y sugerencias. El derecho de información incluye el acceso a los archivos y registros municipales, donde se pueden consultar documentos obtener copias, siempre que no se vulnere el derecho a la intimidad de terceros.
Lo podrán ejercer todos los ciudadanos indicando por escrito cuáles son sus peticiones o sugerencias, que deberán ir siempre identificadas. Obligatoriamente versarán sobre materias de competencia municipal, y podrán ser presentadas también por colectivos. Si el Ayuntamiento no admite la petición, deberá siempre especificar el motivo y hacerlo además antes de 45 días hábiles. Si no, se entenderá que la petición ha sido admitida a trámite. Será contestada en tres meses.
Todos los vecinos tienen derecho a intervenir directamente o a través de asociaciones en la gestión de los asuntos públicos de competencia municipal. Podrán participar en el pleno, las juntas municipales de distrito, las comisiones informativas, los consejos sectoriales y las juntas rectoras de los organismos autónomos, siempre con una solicitud previa.
Cualquier ciudadano podrá dirigirse a cualquier autoridad u órgano municipal para elevar cualquier propuesta o comentario en materia de competencia municipal. La propuesta deberá cursarse por escrito a través de vía telemática o por cualquier otro medio que establezca el Ayuntamiento. Tendrá que ser contestada un plazo máximo de 30 días.
El borrador del Reglamento dedica un capítulo entero a lo que en él se denomina entidades ciudadanas, es decir, todo tipo de asociaciones y colectivos organizadores. Quedará regulado el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, en el que podrá inscribirse cualquier grupo legalmente constituido, sin ánimo de lucro, que tenga como objetivo fundamental la mejora de los intereses vecinales y lleve a cabo actividades encaminadas a mejorar la calidad de vida en el municipio cacereño.
Dentro de este registro habrá algo así como una "élite", asociaciones que podrán recibir la declaración de Utilidad Pública Municipal si destacan en la defensa de los intereses generales y su actividad resulta especialmente beneficiosa para la ciudad. Será necesario además que no se limiten a beneficiar a sus asociados, sino que estén abiertas a la sociedad, y que cuenten con una infraestructura suficiente. Estos colectivos, que podrán ser también federaciones y uniones de asociaciones, tendrán derecho a añadir a su nombre la coletilla "Declarada de Interés Público Municipal" en todos sus documentos.
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