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El Sergas pagará 6.000 euros a una paciente con una cicatriz en la cara a raíz de una sutura mal practicada

09:50:36 - 13/07/2008VMT -La mujer fue remitida al servicio de Cirugía Plástica del Hospital Clínico Universitario de Santiago

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha condenado al Servizo Galego de Saúde a indemnizar con 6.000 euros a una paciente a la que una mala praxis profesional ocasionó una cicatriz en la cara. Las "secuelas leves y traumatismos" derivados de la incorrecta sutura de la brecha provocaron que el alto tribunal fallara a favor de la usuaria del servicio público por una "pérdida de oportunidad en la deficiente asistencia prestada", según se recoge en la sentencia del caso.

Según consta en el comunicado remitido por la asociación Defensor del Paciente, la afectada acudió en un primer momento al servicio de urgencias del hospital Cristal Piñor de Orense a causa de la herida. Allí, un médico de urgencias sin especialidad cerró la incisión con una sutura en la que, según se demostró posteriormente, empleó un material no apropiado para las características del corte.

Según consta en el informe, "a pesar de que había dos cirujanos de guardia", el profesional presente en el servicio de Urgencias "no solicita la ayuda, sino que él mismo sutura la aparatosa herida con un grosor de seda no adecuado". A causa de la actuación inicial, la mujer fue remitida posteriormente al servicio de Cirugía Plástica del Hospital Clínico Universitario de Santiago, donde los especialistas le aseguraron que ya era imposible devolver el corte a su estado original. Los técnicos le mostraron entonces la imposibilidad de "desbridar y restaurar la herida", por lo que el daño era ya del todo irreversible.

La sentencia del TSXG, a este respeto, agrega un informe del Consello Consultivo, en el que éste significa que "lo adecuado hubiese sido no suturar la herida por un médico que carecía de especialidad y remitirla con medidas de soporte al especialista en plástica para su sutura adecuada".

Esta consideración del organismo supervisor también fue ratificada por un perito judicial, que corroboró la opinión de los anteriores: la sutura practicada en urgencias "no era la adecuada" para una reparación definitiva.

Para la asociación el Defensor del Paciente, más allá del valor de una indemnización "simbólica" que no repara el daño, está el "reconocimiento por parte de un tribunal de que un médico de urgencias no puede tratar a un paciente sin ser especialista de la patología" en cuestión, una confirmación que para la institución guarda un importante valor.

Ante los hechos acontecidos, el TSXG valoró la pérdida de oportunidad de la paciente en 6.000 euros que la administración gallega deberá satisfacer a la afectada. La sentencia recoge que la paciente sufre las "secuelas leves y el traumatismo que siempre deja una cicatriz", circunstancia que hubiese sido "menor y menos traumático para la paciente" si fuese tratada de la forma óptima.

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