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La Justicia obliga a tramitar de nuevo el proyecto de compensación del plan Piqueras

14:31:13 - 08/03/2008VMT -La Sala de lo Contencioso-Administrativo afirma que el Ayuntamiento no expuso el documento a información pública en diciembre del 2006
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) ha declarado "no tener por ejecutada" la sentencia del Tribunal Supremo de julio del año 2006 en la que confirmaba la anulación del proyecto de compensación del sector Piqueras, situado al este de Logroño, limítrofe con la circunvalación.
En un nuevo pronunciamiento instado por uno de los propietarios de la zona, el órgano judicial considera que el último proyecto de compensación que presentó la Junta del sector fue aprobado por el Ayuntamiento en diciembre del 2006 "sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 132.6 de la Ley de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja (LOTUR)", que exige un plazo de información pública durante un mes con citación personal a los interesados.
Por consiguiente, la Sala afirma que el Ayuntamiento debe tramitar el proyecto de compensación "con intervención de los afectados", es decir, con los propietarios del nuevo barrio de Piqueras, cuya cifra se estima en unos 800.
La decisión judicial prolonga de esta forma un litigio cuyo origen se remonta al año 2000 al tiempo que prosiguen las dudas sobre la gestión urbanística que se realizó en este sector. El conflicto se desencadenó a raíz de una modificación del plan parcial de Piqueras que no fue incluida después en el proyecto de compensación -que fijó las contraprestaciones a los propietarios afectados-.
Uno de los propietarios consideró vulnerados sus derechos y presentó un primer recurso ante el Ayuntamiento que fue desestimado por éste hace ocho años. Fue entonces cuando el propietario llevó el asunto a la Justicia interponiendo un recurso contencioso-administrativo contra las decisiones de la Junta de Compensación y del Ayuntamiento que tampoco fue admitido. La sentencia no hizo desistir en su empeño al recurrente, que acabó llevando el caso al Tribunal Supremo, quien acabó dándole la razón en un fallo emitido en septiembre del 2004. Sin embargo, un recurso de revisión ante esta misma instancia presentado por la Junta de Compensación mantuvo vivo el litigio hasta que la sentencia firme de julio del 2006 zanjó el caso con resultado favorable al propietario.
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