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Condenado a 10 años por abusar de la hija de su ex compañera sentimental

12:08:56 - 12/07/2008VMT -El acusado, nacido en Ecuador, era sabedor de que su víctima sufría un retraso mental moderado

La Audiencia Provincial ha impuesto una pena de diez años de prisión, por un delito de abusos sexuales continuado, a un varón ecuatoriano de 58 años que se aprovechó del retraso mental moderado que padece su víctima, hija precisamente de quien había sido su compañera sentimental durante algunos años.

La sentencia considera probado que el procesado mantuvo en varias ocasiones relaciones sexuales con esta joven, entre los meses de junio y diciembre de 2005, a sabiendas de que padece una discapacidad psíquica y una minusvalía del 65 por ciento que la convierte en una persona fácilmente influenciable, pues no en vano su edad mental equivale al de una persona de 12 años.

Y sabía de su dolencia porque cuando residía en Ecuador, país en el que precisamente inició la relación sentimental con la madre de la joven, acompañó en varias ocasiones a su pareja a un Centro de Estudios en el que dejaba a su hija, un centro al que acudían personas con discapacidad.

Los hechos sentenciados ocurrieron en Logroño, en un piso de la calle Vélez de Guevara, domicilio al que accedía el procesado después de llamar al timbre del portal de la calle siempre y cuando su víctima se encontraba sola en casa.

La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Alfonso Santisteban, prohíbe al acusado acercarse tanto a la víctima como a su familia a menos de trescientos metros, así como comunicar con ellas por cualquier medio, todo ello durante un periodo de quince años.

Asimismo el procesado, que llegó a España en 1999, deberá indemnizar a la muchacha en la cuantía de 50.000 euros y pagar las costas, incluidas las derivadas de la acusación particular.

Frente a la posición del fiscal y de la acusación particular, que calificaron los hechos como agresión sexual y violación continuada, respectivamente, el fallo emitido considera al procesado ecuatoriano autor de un abuso sexual continuado, pues en periodo de tiempo no determinado pero sucesivo", precisa la sentencia, llevó a cabo los actos sexuales "obedeciendo a un plan previamente preconcebido y aprovechando idénticas situaciones; esto es, discapacidad de la víctima y ausencia de la madre".

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