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Eibar sancionará la emisión excesiva de ruidos de motos en el casco urbano

13:14:41 - 01/07/2008VMT -Una nueva ordenanza municipal obligará a reparar los tubos de escape alterados o deteriorados y retirará el vehículo en caso de incumplimiento

La emisión de excesivo ruido por parte de las motos debido a aceleraciones bruscas o tubos de escape alterados o deteriorados serán sancionados a partir de ahora en Eibar, según se desprende de la nueva ordenanza municipal de tráfico en las vías públicas urbanas aprobada por el Ayuntamiento. Uno de los artículos más novedosos de esta normativa es el referido a los ruidos de las motos, y viene a satisfacer una demanda muy extendida entre los ciudadanos, molestos por las estridencias habituales en este tipo de vehículos. En el caso de detectarse anomalías en las motos que originan el excesivo ruido, se abrirá un expediente sancionador al titular del ciclomotor, así como un requerimiento para que proceda a subsanar la deficiencia en un plazo de siete días. Inmovilización Transcurrido este periodo, el dueño de la moto deberá presentar el vehículo en la Inspección Municipal, donde una vez comprobado que el nivel sonoro procedente del tubo de escape no supera el límite permitido será archivado el expediente sancionador. Si el propietario incumple esta condición, la motocicleta será inmovilizada y trasladada a un taller de reparación que indique el mismo dueño. En el caso de que, tras la inmovilización del vehículo, el propietario no designe un taller donde llevar la moto, esta será retirada al depósito municipal. Importe de las sanciones Para determinar los valores máximos de emisión de ruidos por parte de los ciclomotores se aplicará la normativa vigente a nivel estatal, según la cual los límites de la presión acústica en los ciclomotores de hasta 50 centímetros cúbicos será de 89 decibelios, en las motocicletas entre 51 y 175 centímetros cúbicos será de 92 decibelios, y en las de más de 157 centímetros de 98 decibelios. En función de que se rebasen esos límites la falta será leve (hasta cinco decibelios de más), grave (de cinco a diez decibelios) o muy grave (más de diez decibelios). Según las tablas de sanciones aplicables recogidas en la ordenanza, las infracciones leves se sancionarán con hasta 90 euros, en las graves la multa será de hasta 300 euros, y en las muy graves podrá llegar hasta los 600 euros. La ordenanza fija también otras directrices destinadas a los motoristas, como la obligatoriedad de llevar al casco en las vías urbanas, tanto el conductor como el acompañante, la prohibición de entablar competiciones o de circular en paralelo varias motos. Asimismo, en los ciclomotores y en las motocicletas, además del conductor, podrá viajar, como máximo, un segundo pasajero siempre que se cumplan una serie de condiciones.

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