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El gobierno municipal aprueba un nuevo reglamento para mejorar coordinación y eficacia

17:00:53 - 12/01/2008Vocento VMT -Es la primera vez que se cuenta con esta normativa, que permite crear nuevas áreas
La junta de gobierno local aprobó ayer el Reglamento Orgánico de Gobierno, una normativa inédita hasta ahora en el Ayuntamiento de Donostia y que pretende modernizar la administración municipal y, sobre todo, modificar su funcionamiento para que sea más eficaz.
El Reglamento, que ha sido solicitado en distintas ocasiones por la oposición, sobre todo por el PNV, es un extenso documento que regula de forma más o menos estricta cómo deben funcionar los órganos vinculados al gobierno de la ciudad, pero también permite la creación de nuevos organismos que favorezcan, sobre todo, la coordinación interna.
Una de las novedades fundamentales de este nuevo Reglamento es que permite la creación de las llamadas áreas de gobierno, que superan lo que son las concejalías normales sin que éstas desaparezcan ni pierdan su carácter, pero que engloba diferentes direcciones técnicas en aras, sobre todo, a esa coordinación entre departamentos que tienen competencias comunes o cercanas.
Así se desprende del dictamen aprobado ayer, y que deberá ser sometido al Pleno del Ayuntamiento. El documento contempla también la posibilidad de crear un comité de dirección, similar al de una empresa privada, un grupo de trabajo que estaría encabezado por el alcalde o alcaldesa en cada momento y en el que participarían técnicos cualificados.
La organización y jerarquización también cambia, se habla de direcciones y de órganos centrales, territoriales, organismos públicos y sociedades mercantiles. El alcalde, cuya figura fue reforzada por la Ley de Modernización de las Ciudades, plasma su papel en este Reglamento, que fija también las condiciones en los que éste delegará sus competencias, los supuestos de ausencia y de su sustitución por parte de otros tenientes de alcalde.
El Reglamento recoge también las competencias exclusivas del gobierno municipal frente al pleno, por ejemplo en lo que se refiere a la aprobación de los estatutos de las sociedades municipales del Ayuntamiento.
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