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20/11/2007 - 20:54:47
¿Cual fué la sanción? ¿Una reprimenda verbal? Se supone que como habrá sido poca la sanción no la indican para no escandalizar a la sociedad. Abuso de poder, de eso va el tema.
17:49:18 - 19/11/2007Vocento VMT -La vigilante denunció al agente, que se encontraba fuera de servicio, por una falta de coacciones
Si fuera el guión de una película podría titularse "Un cazador cazado". Una sentencia de la Audiencia provincial vizcaína ha confirmado la sanción interpuesta a un ertzaina que intentó que una empleada de la OTA le retirara una multa colocada a su vehículo particular por no sacar el tique o sobrepasar el tiempo de estacionamiento permitido, según publica en su última edición la revista interna del Departamento de Interior "Ertzaintza Gaur".
El agente, que se encontraba libre de servicio, mostró su acreditación profesional a la "otera" -algo prohibido por el reglamento salvo en casos excepcionales- «para hacer valer su condición de policía y obtener así un trato de favor», señala la resolución. Ambos entraron en una acalorada discusión. El ertzaina mantuvo una «actitud hostil y amenazadora» cuando la trabajadora se negó a retirar la sanción. La mujer decidió entonces presentar una denuncia contra el individuo ante un Juzgado de Instrucción. Los jueces le condenaron por una «clara» falta de coacciones y la Audiencia vizcaína rechazó el recurso interpuesto por el interesado, lo que venía a mantener la sanción.
El Departamento de Interior recuerda a los ertzainas en la publicación que «la exhibición de la documentación (la placa) que les acredita como miembros de la Policía autonómica mientras se está franco de servicio, debe atender a criterios restrictivos». El reglamento limita estas situaciones a aquellas en las que esté «plenamente justificada la necesidad real de intervenir en aras a evitar o neutralizar un hecho delictivo o un grave ataque a la Ley o la Seguridad Ciudadana».
Un ertzaina que no esté trabajando sigue siendo un funcionario y un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y como tal está obligado a intervenir si tiene conocimiento o es testigo de un delito flagrante. Es habitual que agentes fuera de servicio intervengan para detener a ladrones que han cometido un robo en su presencia. «Quedan, sin embargo, prohibidos los empleos de la acreditación profesional en temas que excedan ese margen competencial, y de modo muy especial, en situaciones de carácter particular», señala el "Ertzaintza Gaur".
También cita la revista una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, dictada en junio de 2007, que confirmaba la capacidad de la Administración de sancionar a un funcionario previamente condenado en el ámbito penal. Un agente fue suspendido ocho meses de empleo y sueldo por utilizar un ordenador portátil para extender un certificado de denuncia de sustracción de un vehículo «sin registrarlo en la aplicación informática de la Ertzaintza», con el objetivo de incluirla en un pliego de descargo de una multa por exceso de velocidad.
20/11/2007 - 20:54:47
¿Cual fué la sanción? ¿Una reprimenda verbal? Se supone que como habrá sido poca la sanción no la indican para no escandalizar a la sociedad. Abuso de poder, de eso va el tema.
¿Crees que tiene solución? ¿Desaparecerá ETA?
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