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Condenan a Iberia a pagar 900 euros a una pareja vizcaína por el retraso de su vuelo

08:56:19 - 23/03/2008VMT -Volvían de Roma a Bilbao con escala en Madrid, pero la salida se demoró dos horas y perdieron la conexión El juez acusa a la compañía de tener "poca seriedad"

Un juzgado de Bilbao ha condenado a Iberia a indemnizar a una pareja vizcaína que sufrió un retraso de dos horas en un vuelo entre Roma y Madrid. La compañía deberá pagarles 900 euros -450 a cada uno- ya que la demora supuso que los pasajeros perdieran la conexión con un segundo avión con destino a Bilbao. Según la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de julio de 2007. La pareja regresaba ese día a Bilbao desde Roma, mediante dos vuelos de Iberia que conectaban en Madrid.

Así pues, el primer avión debía despegar de la capital italiana a las 12.20. Sin embargo, sufrió un retraso de dos horas y no llegó a Madrid hasta las 16.20 de la tarde. Para entonces, el vuelo con destino a Bilbao ya había partido, así que la pareja tuvo que esperar en Barajas al siguiente. No llegaron a Bilbao hasta las diez de la noche, en vez de a las cinco de la tarde como tenían previsto.

La sentencia califica la actuación de la compañía aérea como un "cumplimiento tardío" de su deber y recuerda que el Código Civil obliga en esos casos a indemnizar a los afectados. El juez considera que llegar al destino cinco horas más tarde de lo pactado supone un daño moral por "la peripecia padecida, la falta de respuesta a sus reclamaciones, el nerviosismo y ansiedad ocasionados, la pérdida de la conexión prevista y el desasosiego que se les generó". Asimismo, la sentencia declara que la decisión de Iberia de litigar por este caso fue "temeraria" y por eso, además de la indemnización, le condena a pagar las costas del juicio. El juez argumenta esta decisión porque "de nuevo nos encontramos ante un evidente incumplimiento que nunca debió llegar a los tribunales. Los demandantes han visto cómo todos sus intentos de una solución amistosa eran desoídos".

El magistrado reprocha a la compañía que "no ha habido ninguna oferta, por nimia que fuera. Ninguna compensación se ha ofrecido, actuando de manera inexplicable si de veras se pretendiera evitar el conflicto judicial". Y añade: "Hubo un cumplimiento tardío y alguna respuesta debió darse ante las reclamaciones de consumo o en el acto de conciliación". Pero el juez no queda ahí y acusa a Iberia de actuar en este caso con "falta de seriedad". Y es que, según la sentencia, cuando la pareja presentó sendas reclamaciones a la compañía por lo ocurrido, ésta les dio "explicaciones incoherentes".

Congestión o avería

Los afectados reclamaron por separado y si a uno Iberia le argumentó que el retraso se debió a una "congestión del espacio aéreo", ante el otro afectado alegó que el vuelo no pudo cumplir el horario previsto "por una avería". La resolución judicial también censura que previamente al juicio, los afectados intentaron un acto de conciliación al que no acudió la compañía aérea, "por lo que de esta manera se les aboca a presentar la demanda". Además, el juez ha tenido en cuenta para su resolución que Iberia no dio ninguna respuesta a la reclamación que interpuso un organismo de consumo.

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