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- NOTICIA FINAL
El juez condena a una madre a veinte meses de prisión por pegar a dos maestras en Elche

18:20:36 - 11/07/2008VMT -La sentencia considera que incurrió en un delito de atentado contra una de las dos docentes del centro
Una ilicitana, Rosa P.F. vecina del barrio de Patilla, es la segunda ciudadana española condenada por atentado a la autoridad tras agredir a dos maestras del colegio público Casablanca, en Elche. El juez ha condenado a esta madre a un año y un mes de prisión por el delito de atentado y a siete meses más por el delito de lesiones. Una ilicitana Rosa P. F., vecina del barrio de Patilla, es la segunda ciudadana española condenada por atentado a la autoridad tras agredir a dos maestras del colegio público Casablanca, en Elche. La calificación del delito no es baladí. Encaja a la perfección con la tendencia actual de meter las agresiones a docentes en el mismo tipo penal en el que están los representantes de las fuerzas de orden público.
Cuando un ciudadano agrede a un policía, los hechos pasan a ser un atentado a la autoridad. Sin embargo, a pesar de ser funcionarios públicos, hasta hace muy poco tiempo nunca, salvo en una sentencia dictada en Barcelona, se había aplicado el tipo penal de atentado a los agresores de docentes. El magistrado ilicitano ha condenado a Rosa P. F. a un año y un mes de prisión por el delito de atentado y a siete meses más por el delito de lesiones. Además, el fallo incluye una pena de seis días de localización permanente por una falta de lesiones. La condenada deberá indemnizar a Ana C. García Martín con 2.268 euros por las lesiones y con 1.000 euros más por las secuelas, así como a Margarita Bru Candela por las mismas cuestiones en 1.512 euros y 2.000 más.
La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Sección Séptima de la Audiencia Provincial en Elche en el plazo de diez días. El fallo considera probado que la acusada se dirigió al colegio Casablanca, donde tenía escolarizado a dos de sus hijos, en la mañana del 27 de octubre de 2006, con la intención de ver a la maestra Margarita Bru quien, según le dijo su hijo, había agredido a su hermana pequeña. La profesora Ana García Martín le dijo que no pasara a la clase, lo que le valió que la acusada le pellizcara en el cuello y le diera una bofetada. Tras pegar a Ana, Rosa se dirigió a la clase de Bru. Le pegó produciéndole policontusiones, una crisis de ansiedad y descompensación del problema tiroideo que padece la profesora. Tardó 36 días en curarse, quedándole como secuela un síndrome de estrés postraumático.
La gran pregunta a la que había que contestar por parte del magistrado era si a efectos penales se puede considerar o no autoridad a las dos profesoras. El magistrado deja claro que según el artículo 24 del Código Penal los profesores no pueden ser considerado autoridad porque dice el texto legal que "se reputará autoridad al que pos sí solo o como miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza jurisdicción propia". Pero especifica que "tal circunstancia no impide per se que profesores y maestros puedan ser sujetos pasivos de un delito de atentado pues el apartado 2 del referido artículo especifica que se considerará funcionario público a todo el que por disposición inmediata de la ley o por elección, o por nombramiento de autoridad participe en el ejercicio de funciones públicas".
El juez concluye que dada la condición de funcionaria pública de Ana García Martín, la agresión es susceptible de ser tipificada como atentado. En el caso de la agresión a Ana, el letrado de la defensa ha puesto en cuestión que la víctima estuviera en el ejercicio de sus funciones porque Rosa iba a pedir explicaciones a Margarita Bru y no a ella. El magistrado precisa que la acusada le pego porque Ana le impidió acceder a las aulas. Añade que hubo intención dolosa. En el momento de los hechos, Ana se encontraba en el colegio realizando funciones de control y seguridad propias de su condición de profesora. El caso de Margarita, aunque con categoría también de funcionaria pública, no se puede encuadrar dentro del delito de atentado. Cuando la acusado fue a pedir explicaciones a Margarita, lo hizo a título personal por, según le refirió su hijo, haber pegado a su hija. La investigación determinó que la maestra no agredió a la alumna.
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