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Advierten de que los restaurantes deben exponer los precios al públicoa

17:02:02 - 14/03/2008VMT -Las diferencias entre la barra y la mesa deben constar en un lugar visible
La Central de Consumidores de Alicante realiza una serie de recomendaciones a la hora de acudir a un restaurante o cafetería. Así, alertan de que tienen que cumplirse los siguientes requisitos: Deberán exponer al publico, obligatoriamente, los precios de las comidas y bebidas, así como de los servicios que ofrezcan, mediante una carta de comidas y bebidas y lista de precios; también podrá utilizar otros medios de publicidad como murales, pizarras o similares. Deberán estar redactados en castellano.
El tamaño de las letras y cifras deberán ser bien visibles a la vista. Deberán estar situados en el interior del establecimiento, en espacios destinados a la concurrencia del público, sin que nada impida su visibilidad y legibilidad. Cuando los precios ofertados en la barra sean distintos a los de la mesa deberán constar ambos.
Tanto los servicios como los precios deberán anunciarse de forma que entendamos la información con la simple lectura del anuncio, sin que sea necesario obtener ningún tipo de información complementaria; queda expresamente prohibida la expresión precio según mercado o expresiones similares que impidan conocer cual será el precio real. Las ofertas de menús, platos combinados y raciones deberán ajustarse a las normas. Si no te pueden servir algún componente de la oferta deberán indicarte esta circunstancia antes de la presentación del servicio. Todos los establecimientos restaurantes deben de tener a disposición del público un libro de reclamaciones y anunciar la existencia del mismo.
Los establecimientos de restaurantes deben indicar en el exterior, en la propaganda impresa, en las cartas y menús y en las facturas la categoría asignada mediante el distintivo que le corresponda. Estos son los requisitos que deben cumplir los restaurantes. Restaurantes y cafeterías especiales y de 1ª categoría. Deberán situar la carta de comidas y bebidas y/o lista de precios tanto en el interior como en el exterior.
Restaurantes de lujo y de 1ª y 2ª categoría; y cafetería especiales de 1ª categoría. Las cartas de comidas y bebidas deberán estar además de castellano en francés y inglés. Restaurantes de 2ª, 3ª y 4ª categoría. Deberán ofrecer, al menos, un menú de la casa, en el que, bajo un precio global, estén incluido el pan, el vino o agua mineral y el postre.
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