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Gobernación duplica las sanciones a los locales de ocio de la provincia en tres años

09:37:05 - 17/09/2007VMT -Los 503 bares y pubs multados en los últimos 8 meses en Castellón superan la suma de todas las impuestas en el resto de la Comunitat

El control de los locales de ocio se endurece. La Conselleria de Gobernación ha impuesto 503 sanciones a establecimientos de Castellón entre el 1 de enero y el 31 de agosto de este año, casi el doble de las 288 contabilizadas en todo el año 2005. Además, las sanciones castellonenses suman las impuestas a locales de ocio en Valencia y Alicante. En total, Gobernación ha impuesto 1.003 sanciones en la Comunitat. El director general de Seguridad y Protección Ciudadana, Joaquín Segarra, especificó ayer que, según establece la Ley 4/2003 de Espectáculos y Establecimientos Públicos, de la Generalitat, del total de sanciones registradas en lo que va de año, 42 son "muy graves", y 961 han sido catalogadas como "graves".

A la provincia de Castellón corresponden 503 sanciones, de las que 494 son graves y nueve muy graves, mientras que la dirección general de Seguridad y Protección Ciudadana ha sancionado en Valencia en 261 ocasiones, 21 muy graves y 240 tipificadas como graves. Alicante se lleva la mejor parte. Se han cometido 239 infracciones entre el 1 de enero y el 31 de agosto de este año. En este caso, 12 fueron muy graves y 227 graves.

De esta forma, la provincia lidera la Comunitat Valenciana en cuanto al número de sanciones a locales de ocio, triplica las penalizaciones del año 2004 (127) y casi duplica las del año 2005 (288). La infracción más frecuente en la Comunitat Valenciana fue la de incumplir el horario de apertura y cierre, con 235 sanciones; seguidas de las 191 por carecer de seguro y las 177 por la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas sin la correspondiente licencia o autorización.

Además, 154 establecimientos de ocio han sido sancionados en los últimos ocho meses por la utilización de medios sonoros o audiovisuales sin contar con la preceptiva autorización. El incumplimiento de las condiciones de seguridad y sanidad que determina la ley ha sido la causa de la penalización en 115 ocasiones. Un total de 19 locales han sido sancionados por exceso de aforo y 15 por vender alcohol a menores de 18 años, entre otras. En concreto, en la provincia, el incumplimiento del horario de apertura y cierre, con 147 infracciones y la utilización de medios sonoros o audiovisuales sin autorización (90 casos) han sido las causas más tramitadas. De cerca, les siguen carecer de seguro y de licencia, ambos motivos con 84 locales respectivamente penalizados.

Por lo que se refiere a las sanciones muy graves en Castellón, Gobernación ha castigado a siete locales por obstaculizar la labor de los agentes de la autoridad y a dos por permitir o tolerar actividades ilícitas o ilegales, especialmente en relación con el tráfico de drogas. En los casos de Valencia y Alicante, la infracción más repetida ha sido la de carecer de seguro, con 58 y 49 casos respectivamente. Respecto a las sanciones catalogadas como muy graves, el director general de Seguridad y Protección Ciudadana concretó que "en su mayoría, se deben a la falta de colaboración con los agentes del orden, superación de aforo u otro tipo de circunstancia que entrañe riesgo grave para las personas". En este sentido, Segarra añadió que "la ley es muy rigurosa en los aspectos de seguridad y bienestar de los usuarios de los locales de ocio y lo que se persigue es que todo establecimiento cumpla con la normativa porque en ningún momento se debe poner en riesgo a los ciudadanos".

La Ley de Espectáculos establece que las infracciones pueden oscilar entre 600 y 600.000 euros. Los locales pueden ser sancionadas con una multa de hasta 600 euros si son leves. Las graves podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 601 a 30.000 euros y acumulativamente hasta 300.000 euros, con suspensión o prohibición de la actividad por un período máximo de seis meses. En cuanto a las faltas muy graves, éstas podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 30.001 a 60.000 euros y acumulativamente hasta 600.000 euros, además de la clausura del local y prohibición de la actividad por un período máximo de tres años y acumulativamente hasta 10 años.

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