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El Constitucional suspende la ley valenciana que aplica la separación de bienes en los matrimonios

10:08:36 - 18/04/2008VMT -La primera norma del derecho foral valenciano del nuevo Estatuto iba a entrar en vigor el 25 de abril
Los nuevos matrimonios valencianos tendrán que esperar para regir su convivencia bajo el signo de la separación de bienes. El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso del Gobierno contra la Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciana, la primera norma que recuperaba el derecho foral en el Estatuto. La ley, que iba a entrar en vigor el próximo 25 de abril, queda suspendida.
Uno de los grandes objetivos del nuevo Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, aprobado por Les Corts en marzo de 2006, era recuperar parte de los fueros que los valencianos perdieron tras la derrota en la batalla de Almansa en 1707 contra las tropas de Felipe V. Una de estas singularidades afectaba a las normas que regían el matrimonio en la Comunitat.
Con la recuperación de los fueros y la redacción de la nueva Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano, las parejas que se casaran en la Comunitat a partir del 25 de abril se regirían por la separación de bienes. Es decir, cada uno de los cónyuges conservaba su patrimonio de manera individual a pesar del enlace.
En este momento, los matrimonios valencianos se rigen, como en la mayor parte de España, por un régimen económico basado en gananciales que marca el Código Civil. Es decir, el patrimonio adquirido por separado por ambos pasaría a ser común una vez casados. Ahora, si una pareja quiere basar su relación en la separación de bienes debe realizar capitulaciones.
El Consejo de Ministros acordó el pasado 21 de diciembre presentar un recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos de la ley aprobada por Les Corts Valencianes. El Ejecutivo de Zapatero tomó esta decisión con el respaldo del dictamen del Consejo de Estado, que estimó que los asuntos regulados carecen de antecedentes en la legislación autonómica civil de la Comunitat Valenciana.
El Gobierno arguyó que la nueva ley valenciana adopta un modelo civil diferente al que rige en el resto de España, algo que sólo se permite a las autonomías con un derecho foral propio. El Consell defiende que el Estatuto de Autonomía permite recuperar las normas propias de los valencianos. Un matiz que no comparte el Gobierno que cree que esa potestad debe ejercerse "al amparo de la Constitución". Es decir, sólo se puede recuperar el derecho foral que existía en 1978 -los valencianos perdieron sus fueros hace 300 años-.
Además del régimen de la separación de bienes, el Gobierno cuestionó otras figuras como la carta de nupcias y la germanía. Esta última permite que dentro de una convivencia de separación de bienes, el matrimonio pueda acordar que una propiedad en concreto, por ejemplo una casa, sea de carácter ganancial.
La ley de Régimen Económico matrimonial ya se aprobó con polémica en la Cámara autonómica. Salió adelante con los votos del PP y de l"Entesa, mientras que los socialistas la rechazaron. De hecho, Antoni Such ya advirtió de la posibilidad de que el Gobierno presentara un recurso de inconstitucionalidad por cuestiones como la germanía, la compensación del trabajo en el hogar y la dote. Esta última, al final, se retiró del texto definitivo.
La aprobación de la nueva norma no estuvo exenta de polémica. Incluso el Consell se planteó la posibilidad de retirar el texto si no contaba con el apoyo del grupo socialista en Les Corts. Hay que recordar que PP y PSPV fueron los dos partidos que sacaron adelante el nuevo Estatuto, que incluye la recuperación del derecho foral.
En junio, Gobierno y Consell crearon un grupo de trabajo con el fin de lograr una salida pactada a la nueva norma. No hubo acuerdo y el Ejecutivo que preside Rodríguez Zapatero recurrió en diciembre 11 artículos de la ley.
La admisión a trámite del recurso no implicaba, en principio, la suspensión de la norma. Pero el hecho de que el Gobierno haya invocado el artículo 161.2 de la Constitución provoca que no pueda entrar en vigor el próximo 25 de abril, Día de Les Corts Valencianes. Este precepto incluye que el Tribunal Constitucional deberá ratificar o levantar la suspensión en un plazo máximo de cinco meses.
La providencia emitida por el Constitucional establece que tanto el Congreso, el Senado, como el Gobierno y Les Corts tienen un plazo de quince días para personarse en el proceso y presentar las alegaciones que consideren oportunas.
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