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Condenado a nueve meses por disparar a su mujer y a dos años por tenencia ilícita de armas

10:25:01 - 23/09/2007VMT -El Juzgado de lo Penal número uno de Almería ha condenado a dos años y nueve meses de cárcel a J.J.M.R., un toxicómano habitual quien disparó por la espalda a su compañera sentimental.

Según detalla el fallo judicial, el juez decano, Luis Columna, aplicó para el hombre por un delito de malos tratos contra su pareja una pena de nueve meses de cárcel, tres menos de los que reclamó el Ministerio Público pese a lo cual el titular del juzgado aplicó la circunstancia atenuante de toxicomanía.

El resto de la pena impuesta al almeriense de 35 años, deriva de la comisión de un delito de tenencia ilícita de armas ya que, tal y como recoge la sentencia, el enjuiciado carecía de licencia para el uso de la pistola modelo Búfalo con la que disparó a su mujer, un arma para la que había borrado el número de fabricación.

Los hechos que dieron lugar a la condena se remontan al 23 de junio de 2005 cuando, sobre las 12.00 horas y en la vivienda que la pareja compartía en Almería, el condenado propinó un disparo por la espalda a su mujer - identificada como D.N. - que impactó a la altura del hombro y le causó heridas que precisaron de asistencia facultativa para su curación.

Durante la vista oral celebrada por este caso, por la que el fiscal solicitó para el acusado tres años de cárcel mientras que la defensa pedía la libre absolución, el magistrado dio crédito al testimonio "contundente, claro y sin contradicciones" ofrecido por la víctima.

El titular del Juzgado de lo Penal número uno, quien destacó en su sentencia que la "gravedad" de lo ocurrido que, a su juicio, se aproxima al tipo penal de asesinato en tentativa, aplicó en este caso la circunstancia modificativa atenuante de toxicomanía que, tal y como consta en el fallo, "disminuyó de forma leve su capacidad de discernimiento" durante los hechos, además de condicionar la condena a imponer por el maltrato a su mujer a un máximo de nueve meses.

Además de la privación de libertad impuesta, el penado no podrá aproximarse a su mujer durante dos años, período en el que le fue prohibido el derecho a la tenencia y porte de armas.

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